Resolución Conjunta 39/2019

Fecha de publicación13 Junio 2019
SecciónResoluciones Conjuntas
EmisorSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR Y SECRETARÍA DE INDUSTRIA
Ciudad de Buenos Aires, 12/06/2019

VISTO el Expediente N° S01:0308545/2014 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que la firma CUENCA DEL SALADO SOCIEDAD ANÓNIMA, C.U.I.T. N° 33-62708849-9, ha solicitado los beneficios establecidos en el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de “Grandes Proyectos de Inversión” conforme a la Resolución Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, modificada por las Resoluciones Nros. 1.089 de fecha 28 de diciembre de 2000, 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN.

Que la Resolución N° 424 de fecha 31 de agosto de 2016 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN introdujo modificaciones a la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, estableciendo en su Artículo 18 que las mismas no serán de aplicación a las solicitudes que a la fecha se encuentren pendientes de resolución, con excepción de lo previsto en sus Artículos 11 y 12.

Que, asimismo, la Resolución N° 242 de fecha 11 de abril de 2019 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO introdujo modificaciones a la citada Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, estableciendo en su Artículo 15 que las mismas no serán de aplicación a las solicitudes que a la fecha se encuentren pendientes de resolución, con excepción de lo previsto en sus Artículos 9° y 11.

Que la mencionada normativa, así como la Resolución N° 204 de fecha 5 de mayo de 2000 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias, establecen los requisitos que debe cumplir la peticionante para acceder a los beneficios del referido Régimen.

Que los bienes a importar forman parte de un proyecto destinado a la instalación de UNA (1) línea nueva, completa y autónoma para la limpieza, clasificación, pulido, pelado y envasado de girasol confitero, pepas, maíz pisingallo y legumbres, conforme al Artículo 2° de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que en una primera instancia la empresa obtuvo el Certificado de Trámite Nº 290 emitido con fecha 12 de septiembre de 2016 con base en lo dispuesto en el Artículo 17 de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, a fin de poder realizar las operaciones de importación al amparo del citado Régimen.

Que, seguidamente, el proyecto original fue aprobado mediante la Resolución Conjunta N° 49 con fecha 26 de junio de 2017 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO y de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS ambas del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que, posteriormente a emitirse la referida resolución conjunta, la firma realizó una presentación espontanea mediante la cual informó que el proyecto original sufrió una ampliación mediante la agregación de un subproceso y que el proyecto original aún no se habría puesto en marcha.

Que la beneficiaria solicitó expresamente adherir a la Resolución Conjunta N° 71 de...

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