Resolución Conjunta 85 y 250/2011

Fecha de disposición29 Julio 2011
Fecha de publicación29 Julio 2011
SecciónResoluciones
Número de Gaceta32202

Viernes 29 de julio de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.202 19

Remuneración a computar: Según Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 389/04, remuneración promedio general de la categorÃa mozo, según zona de aplicación, detalladas para el sector restaurante vigentes para cada perÃodo por el que se practique el ajuste.

B - HOTELERIA TipologÃa: Establecimientos hoteleros de UNA (1) a CINCO (5) estrellas, en todo el paÃs, en todas las temporadas.

IMT: Cantidad de trabajadores mensuales por habitación, según categorÃa del establecimiento y según estacionalidad:

  1. CategorÃa CINCO (5) estrellas 1. Temporada baja: CERO COMA SESENTA Y OCHO (0,68).

    1. Temporada media: CERO COMA OCHENTA (0,80).

    2. Temporada alta: CERO COMA NOVENTA Y DOS (0,92).

  2. CategorÃa CUATRO (4) estrellas 1. Temporada baja: CERO COMA CUARENTA Y TRES (0,43).

    1. Temporada media: CERO COMA CINCUENTA (0,50).

    2. Temporada alta: CERO COMA CINCUENTA Y OCHO (0,58).

  3. CategorÃa TRES (3) estrellas 1. Temporada baja: CERO COMA VEINTISEIS (0,26).

    1. Temporada media: CERO COMA TREINTA Y UNO (0,31).

    2. Temporada alta: CERO COMA TREINTA Y SEIS (0,36).

  4. CategorÃa DOS (2) estrellas 1. Temporada baja: CERO COMA VEINTICUATRO (0,24).

    1. Temporada media: CERO COMA VEINTIOCHO (0,28).

    2. Temporada alta: CERO COMA TREINTA Y DOS (0,32).

  5. CategorÃa UNA (1) estrella 1. Temporada baja: CERO COMA VEINTE (0,20).

    1. Temporada media: CERO COMA VEINTICUATRO (0,24).

    2. Temporada alta: CERO COMA VEINTIOCHO (0,28).

    Detalle de meses que integran cada temporada por Región:

  6. Región Buenos Aires (Provincia de Buenos Aires, excluida la Ciudad Autónoma de Buenos Aires) 1. Temporada baja: mayo, junio, julio y agosto.

    1. Temporada media: marzo, abril, septiembre, octubre, noviembre y diciembre.

    2. Temporada alta: enero y febrero.

  7. Región Centro (Provincia de Córdoba) 1. Temporada baja: abril, mayo, agosto, septiembre y octubre.

    1. Temporada media: marzo, junio, julio, noviembre y diciembre.

    2. Temporada alta: enero y febrero.

  8. Región Patagonia (Provincias de La Pampa, Neuquén, RÃo Negro, Chubut, Santa Cruz, Tierra del Fuego e Islas Malvinas) 1. Temporada baja: mayo, junio, septiembre y octubre.

    1. Temporada media: abril y noviembre.

    2. Temporada alta: enero, febrero, marzo, julio, agosto y diciembre.

      Observaciones:

    3. Para las regiones sin estacionalidad se aplicará el Ãndice correspondiente a temporada media.

    4. Para los establecimientos que no cuenten con clasificación o habilitación formal como hotel, se aplicará el indicador correspondiente a la categorÃa CINCO (5) estrellas, temporada media.

      Remuneración a computar: según Convenio Colectivo de Trabajo N'º' 389/04, remuneración promedio general de la categorÃa CUATRO según zonas de aplicación detalladas para el sector hoteles, vigentes para cada perÃodo por el que se practique el ajuste.

      C - TURISMO 1. Sector estudiantil TipologÃa: viajes de estudio, de recreación o de egresados de estudiantes de primaria, polimodal o secundaria, prestados por empresas de viajes y turismo, con transporte propio o de terceros.

      Duración del viaje: se estima ONCE (11) dÃas, salvo que la empresa acredite realizar exclusivamente viajes de una duración inferior, en cuyo caso, se estimarán en hasta DOS (2) o hasta SEIS (6) dÃas, según corresponda.

      IMT auxiliares

  9. IMT general: UN (1) trabajador mensual cada CINCUENTA Y CINCO (55) pasajeros transportados por mes.

  10. IMT empresas que acrediten prestar exclusivamente servicios en viajes de hasta DOS (2) dÃas de duración: UN (1) trabajador mensual cada DOSCIENTOS CUARENTA (240) pasajeros transportados por mes.

  11. IMT empresas que acrediten prestar exclusivamente servicios en viajes de hasta SEIS (6) dÃas de duración: UN (1)...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR