Resolución Conjunta 3. RESFC-2018-3-APN-MRE
Fecha de disposición | 19 Diciembre 2018 |
Fecha de publicación | 19 Diciembre 2018 |
Sección | Resoluciones Conjuntas |
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
Y
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
Resolución Conjunta 3/2018
RESFC-2018-3-APN-MRE
Ciudad de Buenos Aires, 14/12/2018
VISTO las Leyes Nros 17.032, 21.745, 21.950, 22.552 y 22.162, la Ley Nacional de Educación N° 26.206 y su modificatoria Ley N° 27.045, el Decreto N° 2542 de fecha 5 de diciembre de 1991, el Expediente N° EX-2018-47056459-APN-DGD#MRE, y
CONSIDERANDO:
Que la CONSTITUCIÓN NACIONAL establece en su Artículo 2° que el Gobierno Federal sostiene el Culto Católico Apostólico Romano.
Que mediante la Ley N° 17.032 se aprobó el Acuerdo celebrado entre la Santa Sede y la REPÚBLICA ARGENTINA, suscripto en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES el día 10 de octubre de 1966.
Que conforme lo dispuesto por la Ley N° 21.950, y sus modificatorias y complementarias Leyes N° 22.552 y 22.162, se instrumentan medidas de aporte directo del Estado Nacional al Culto Católico Apostólico Romano en cumplimiento del mandato consignado en el Artículo 2° de la CONSTITUCIÓN NACIONAL acerca del sostenimiento del culto católico en la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que en forma concordante con la disposición constitucional ya citada, el Artículo 146 del CODIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN establece que la Iglesia Católica tiene el carácter de persona jurídica pública.
Que el Artículo 14 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL consagra la libertad de cultos.
Que a partir de la reforma sancionada en el año 1994 se asignó jerarquía constitucional a diversos instrumentos internacionales de derechos humanos (Artículo 75, inciso 22) que garantizan la libertad religiosa, de conciencia y de culto.
Que el reconocimiento de lo religioso en sus expresiones, valores e ideales en el ámbito público y privado, como derecho que deriva de la dignidad y naturaleza de la persona humana, ha sido debidamente receptado por tratados internacionales de los que nuestro país es parte.
Que por la Ley N° 21.745 se creó el Registro Nacional de Cultos, por ante el cual proceden a tramitar su reconocimiento e inscripción las organizaciones religiosas que ejerzan sus actividades dentro de la jurisdicción del ESTADO NACIONAL, que no integren el Culto Católico Apostólico Romano.
Que la laicidad propia del Estado es garante de la libertad religiosa y reconoce la importancia del aporte de la religión en la construcción de la...
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