Resolución Conjunta 291\/2015 y 350.

Fecha de disposición02 Diciembre 2015
Fecha de publicación02 Diciembre 2015
SecciónAvisos Oficiales

Resolución Conjunta 291/2015 y 350/2015

Bs. As., 25/11/2015

VISTO el Expediente N° S01:0223233/2012 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios N° 423 de fecha 25 de marzo de 2010 y N° 1.914 de fecha 7 de diciembre de 2010, el Sistema Nacional de la Profesión Administrativa, aprobado por Decreto N° 993 de fecha 27 de mayo de 1991 (T.O. 1995) y modificatorios, la Resolución Conjunta N° 74 y 413 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN de fecha 30 de septiembre de 2009, y la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE GABINETE Y GESTIÓN PÚBLICA N° 79 del 9 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios, establece en el Título XIII las pautas para el reencasillamiento del personal.

Que por Resolución Conjunta N° 74 y 413 de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN de fecha 30 de septiembre de 2009 se aprobó el reencasillamiento del personal permanente de este último en el mencionado Sistema.

Que por la misma se reencasilló al agente José Alberto Francisco CAMARA en el Agrupamiento General, Nivel C, Tramo General, Grado 6 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP).

Que en tal sentido, cabe recordar que de conformidad a lo establecido por el artículo 124, inciso 4 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098/08, el personal que revista en los anteriores Niveles A, B, C y D del Agrupamiento General que acreditara título de grado universitario correspondiente a carrera de duración no inferior a CUATRO (4) años y que hubiesen tenido asignado el pago del Suplemento por Función Específica para cuyo ejercicio era exigible ese título pasará a revistar en el mismo nivel que posee en el nuevo Agrupamiento Profesional, a partir del 1° de diciembre de 2008.

Que en tal entendimiento, en el caso que nos ocupa y según las constancias que surgen del expediente citado en el VISTO, el agente CAMARA revistaba en el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR