Resolución Conjunta 23/2021

Fecha de publicación20 Mayo 2021
SecciónResoluciones Conjuntas
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE FINANZAS Y SECRETARÍA DE HACIENDA


Ciudad de Buenos Aires, 19/05/2021

Visto el expediente EX-2021-42934322- -APN-DGDA#MEC, las leyes 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, y 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, los decretos 1344 del 4 de octubre de 2007 y 820 del 25 de octubre de 2020, y la resolución conjunta 9 del 24 de enero de 2019 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, ambas del ex Ministerio de Hacienda (RESFC-2019-9-APN-SECH#MHA), y

CONSIDERANDO:

Que en el Título III de la ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional se regula el Sistema de Crédito Público, estableciéndose en el artículo 60 que las entidades de la Administración Nacional no podrán formalizar ninguna operación de crédito público que no esté contemplada en la ley de presupuesto general del año respectivo o en una ley específica.

Que mediante el artículo 42 de la ley 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, se autoriza al Órgano Responsable de la coordinación de los sistemas de Administración Financiera a realizar operaciones de crédito público por los montos, especificaciones y destino del financiamiento indicados en la planilla anexa al mencionado artículo.

Que, adicionalmente, a través del artículo 43 de la ley citada en el considerando precedente, se autoriza al Órgano Responsable de la coordinación de los sistemas de Administración Financiera a emitir Letras del Tesoro, para dar cumplimiento a las operaciones previstas en el programa financiero, las que deberán ser reembolsadas en el mismo ejercicio financiero en que se emitan.

Que en el apartado I del artículo 6° del anexo al decreto 1344 del 4 de octubre de 2007, modificado mediante el artículo 5° del decreto 820 del 25 de octubre de 2020, se establece que las funciones de Órgano Responsable de la coordinación de los sistemas que integran la Administración Financiera del Sector Público Nacional, serán ejercidas conjuntamente por la Secretaría de Finanzas y la Secretaría de Hacienda, ambas del actual Ministerio de Economía.

Que mediante el artículo 5° de la resolución conjunta 59 del 27 de octubre de 2020 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, ambas del Ministerio de Economía (RESFC-2020-59-APN-SH#MEC), se emitió el “Bono del Tesoro Nacional Vinculado al Dólar Estadounidense con vencimiento 29 de abril de 2022”, que registra un saldo no colocado por un valor nominal original dólares estadounidenses mil cuarenta millones doscientos cuarenta y nueve mil quinientos sesenta y ocho (VNO USD 1.040.249.568).

Que en el marco de la programación financiera para el año 2021, se entiende conveniente imputar a las autorizaciones presupuestarias del presente ejercicio fiscal, el monto emitido y no colocado durante el año 2020 del instrumento de deuda pública mencionado en el considerando precedente, como así también proceder a la ampliación del monto disponible de los instrumentos denominados “Letra del Tesoro Nacional en pesos a descuento con vencimiento 31 de agosto de 2021” y “Letra del Tesoro Nacional en pesos a tasa variable más 1,75% con vencimiento 31 de agosto de 2021”, emitidas originalmente mediante los artículos 2° y 3°, respectivamente, de la resolución conjunta 14 del 22 de marzo de 2021 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, ambas del Ministerio de Economía (RESFC-2021-14-APN-SH#MEC), “Letra del Tesoro Nacional en pesos a descuento con vencimiento 29 de octubre de 2021” y “Letra del Tesoro Nacional en pesos a tasa variable más 2,75% con vencimiento 29 de octubre de 2021”, emitidas originalmente mediante los artículos 1° y 2°, respectivamente, de la resolución conjunta 18 del 15 de abril de 2021 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, ambas del Ministerio de Economía (RESFC-2021-18-APN-SH#MEC), “Letra del Tesoro Nacional en pesos ajustada por CER a descuento con vencimiento 28 febrero de 2022”, emitida originalmente mediante el artículo 2° de la resolución conjunta 13 del 16 de marzo de 2021 de la Secretaría de Finanzas y de la Secretaría de Hacienda, ambas del Ministerio de Economía (RESFC-2021-13-APN-SH#MEC), “Bonos del Tesoro...

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