Resolución Conjunta 326 y 93/2010

Fecha de la disposición19 de Noviembre de 2010

Viernes 19 de noviembre de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.032 32

IV) Modelo de Carta de Aceptación (MEMBRETE DEL DEPOSITANTE) Carta de Aceptación Buenos Aires,______________.

Señores CAJA DE VALORES S.A.

Ref.: Oferta de Canje de TÃtulos de la Deuda Pública de la REPUBLICA ARGENTINA - Canje de TÃtulos Elegibles con cupones faltantes (Decreto N'º' 539/10, Anexo I,

Sección IV, Punto 5).

De nuestra consideración:

Nos dirigimos a Ustedes, con motivo del canje de TÃtulos Elegibles complementarios de aquéllos por los cuales hubieran recibido algún pago en base a una orden judicial, amparo, cualquier otra medida cautelar, u otro beneficio (en adelante, los “Instrumentos Elegibles”), en el marco de la Oferta de Canje de los TÃtulos de la Deuda Pública de la REPUBLICA ARGENTINA (“la Oferta”), según lo aprobado por el Decreto N'º' 563/10 (publicado en el BoletÃn Oficial el 29 de abril de 2010), la Resolución N'º' [______] de fecha [______] del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y demás normas y documentos anexos y complementarios.

Al respecto, en nuestro carácter de Depositante de CAJA DE VALORES S.A. Nro. _____, por la presente manifestamos conocer en su totalidad los términos de la Oferta, tal cual se detallan los mismos en el citado decreto y en sus distintos anexos y normas complementarias.

Asimismo declaramos conocer y aceptar los procedimientos de la Oferta, y especialmente los procedimientos a seguir ante CAJA DE VALORES S.A. (“la Caja”) tal y como se los describe en los documentos citados precedentemente y en las Circulares y Comunicados de la Caja (en conjunto, “los Documentos de la Oferta”).

En particular y sin que ello afecte la generalidad de la declaración precedente, declaramos conocer y aceptar el mecanismo y los requisitos de fondo y de forma para la transferencia de los Instrumentos Elegibles a la cuenta y subcuentas abiertas en CAJA DE VALORES S.A. a los efectos de la canalización de la Oferta, a las cuales se transferirán los Instrumentos Elegibles en función de las caracterÃsticas distintivas de los términos y condiciones de los bonos que oportunamente se entregarán en canje por los Instrumentos Elegibles (los “Bonos Nuevos”); como asà también que dichas transferencias y limitaciones se encuentran sujetas a condicionamientos, tal como se expresan en los Documentos de la Oferta.

Toda instrucción de transferencia instruida a la Caja para cada una de las cuentas y subcuentas arriba señaladas implicará, sin que se admita prueba en contrario, la sujeción irrevocable a los términos de la Oferta y a los procedimientos aprobados mediante la Resolución N'º' [ _] de fecha [___] del Ministerio de EconomÃa y Finanzas Públicas y aquellos contenidos en los Documentos de la Oferta, por parte nuestra y del titular o los titulares de la subcuenta emisora y con relación a los Instrumentos Elegibles efectivamente transferidos.

A estos últimos efectos nos comprometemos a tomar todos los recaudos que sean aconsejables para asegurar dicha sujeción y conformidad; como asà también a brindar información a nuestros comitentes respecto a los procedimientos operativos a llevar a cabo para canalizar la Oferta.

En particular y simplemente a modo enunciativo, manifestamos conocer y acordar de manera irrevocable, por sà y por nuestro comitente en función de lo que él nos declare y acuerde, que cada instrucción de transferencia de Instrumentos Elegibles implicará:

i) Que se conocen y aceptan todos los términos y condiciones de la Oferta;

ii) Que se aceptan los porcentajes, cálculos, quitas y todo otro parámetro aplicable al monto principal de los Instrumentos Elegibles;

iii) Que acepto o aceptamos recibir en cada subcuenta comitente emisora un crédito que represente la transferencia de Instrumentos Elegibles a UNA (1) de las subcuentas comitentes habilitadas a efectos de la aceptación de la Oferta y a la opción del Bono Nuevo a recibir en la Fecha de Liquidación; fecha hasta la cual tales créditos se mantendrán inmovilizados, sin que los mismos otorguen derecho a ninguna titularidad sobre los Bonos Nuevos ni sobre una especie o cantidad determinada de ellos hasta la aceptación de la oferta por parte de la REPUBLICA ARGENTINA y sin que su existencia implique reconocimiento de la aceptación de la Oferta por parte de la REPUBLICA ARGENTINA, ni responsabilidad alguna de parte de la Caja más allá de cumplir con los procedimientos que describen los Documentos de la Oferta;

iv) Que se aceptan todos los Términos y Condiciones de los Bonos Nuevos (según se los define en los Documentos de la Oferta) a recibir en canje por los Instrumentos Elegibles;

v) Que, sujeto a lo expresamente contemplado en los Documentos de la Oferta y lo que pudiese contemplarse en el futuro, incluyendo sin limitación a que los Instrumentos Elegibles transferidos sean efectivamente aceptados por la REPUBLICA ARGENTINA, nuestro comitente renuncia a todo derecho, titularidad e interés en y por tales Instrumentos Elegibles efectivamente transferidos, liberando a la REPUBLICA ARGENTINA de todo reclamo actual o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR