Resolución Conjunta 221 y 63/2010

Fecha de publicación17 Agosto 2010
Fecha de disposición17 Agosto 2010
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31966

Martes 17 de agosto de 2010 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'ºâ€‚ 31.966 13 complementarias e interpretativas que resulten necesarias en el marco de la competencia delegada, a fin de lograr los objetivos establecidos en la misma.

Que en función de ello, la citada Oficina Nacional dictó la Resolución N'º1213 de fecha 19 de abril de 2010, mediante la cual reglamentó la referida resolución conjunta, estableciendo los requisitos y procedimiento para el otorgamiento de compensaciones y cancelación de deudas con la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP), entidad autárquica en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Que en tal marco el productor de trigo que comercializa sus granos en el mercado interno,

EL DESVELO S.A., CUIT N'º30-69153543-2 presentó sus sendas solicitudes de compensación las cuales obran a fojas 10/24, respectivamente.

Que los mencionados productores no tienen observaciones ni registran deuda lÃquida y exigible con la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP), conforme surge de las constancias “Detalle de Incumplimiento” (Resolución General AFIP N'º 2428 de fecha 30 de abril de 2010 de la mencionada Administración Federal) presentadas por los mismos (ArtÃculos 11 y 12 de la citada Resolución Conjunta N'º57/10 y N'º106/10).

Que la Coordinación de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, informa a fojas 33/34, que se verificaron los datos aportados por los solicitantes, se procedió a cruzar esa información con la aportada, que se han presentado dentro del plazo establecido y que se ha cumplido con la totalidad de la documentación requerida a los fines de acceder al beneficio de la compensación, por lo que se procedió a efectuar la liquidación de conformidad con lo establecido en la referida Resolución Conjunta N'º57/10 y N'º106/10 y su reglamentaria, la citada Resolución N'º1213/10, sugiriendo que se otorgue el mencionado beneficio a los productores detallados precedentemente y que se incluyen en el Anexo que forma parte de la presente medida, la que asciende a la suma total de PESOS TREINTA MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($30.537,66).

Que la Coordinación Legal y Técnica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección de General de Asuntos JurÃdicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA,

GANADERIA Y PESCA, ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N'º1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y la Resolución Conjunta N'º57 y N'º106 de fecha 1 de marzo de 2010 del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA y del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, respectivamente.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — Apruébanse las compensaciones solicitadas por el pequeño y mediano productor de trigo cuyos nombre o razón social, número de Clave Unica de Identificación Tributaria y Clave Bancaria Uniforme se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, las que ascienden a la suma total de PESOS TREINTA MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($30.537,66) por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 2

'º — AutorÃzase el pago de las compensaciones consignadas al beneficiario mencionado en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida, el que asciende a la suma total de PESOS TREINTA MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE CON SESENTA Y SEIS CENTAVOS ($30.537,66), por los motivos expuestos en los considerandos precedentes.

Art. 3

'º — El gasto que demande la implementación de lo establecido por el ArtÃculo 2'º de la presente medida, será atendido mediante la cuenta habilitada a tal efecto, con cargo al Crédito Vigente de la Entidad 611 - ONCCA, Programa 16 Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional.

Art. 4

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Juan M. Campilllo.

ANEXO PAGO COMPENSACION A PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES DE TRIGO S01:0263701/2010

N'º EXPEDIENTE RAZON SOCIAL C.U.I.T. C.B.U.

PAGO Establecimiento PRIMERO Localidad Provincia 1 S01-263701/2010 EL DESVELO S A 30-69153543-2 285000033000000004149-7 30.537,66 BALCARCE BUENOS AIRES TOTAL 30.537,66 SecretarÃa de Hacienda y SecretarÃa de Finanzas DEUDA PUBLICA Resolución Conjunta 221/2010 y 63/2010

Dispónese la emisión de una Letra delTesoro en Dólares Estadounidenses a ser suscripta por LoterÃa Nacional Sociedad del Estado. CaracterÃsticas.

Bs. As., 9/8/2010

VISTO el Expediente N'ºS01:0279293/2010 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, las Leyes...

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