Resolución Conjunta 1710\/2015 y 406.

Fecha de disposición01 Octubre 2015
Fecha de publicación01 Octubre 2015
SecciónAvisos Oficiales

Resolución Conjunta 1710/2015 y 406/2015

Bs. As., 30/09/2015

VISTO el Expediente N° 1-2002-23653/15-1 del registro del MINISTERIO DE SALUD, el Artículo 42 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, las Leyes Nros. 16.463, 23.660, 23.661, 25.156, 25.649 y 26.688, el Decreto N° 486 de fecha 12 de marzo de 2002, la Resolución N° 201 de fecha 9 de abril de 2002 del MINISTERIO DE SALUD, la Resolución N° 1048 de fecha 13 de junio de 2014 de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, la Disposición N° 5039 de fecha 16 de julio de 2014 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS del citado Ministerio y

CONSIDERANDO:

Que la CONSTITUCIÓN NACIONAL y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos que la integran en el marco de su Artículo 75, inciso 22, reconocen el derecho al disfrute del más alto nivel de salud para toda la población e imponen al Estado la obligación de crear condiciones que aseguren asistencia y servicios médicos (Artículo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales; Artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; Artículo XI de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, entre otros).

Que por el Decreto N° 486 de fecha 12 de marzo de 2002, cuya vigencia se encuentra prorrogada por la Ley N° 26.896 hasta el 31 de diciembre de 2015, se declaró la emergencia sanitaria nacional y, entre otras medidas, se creó en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD el PROGRAMA NACIONAL DE UNIVERSALIZACION DEL ACCESO A MEDICAMENTOS, integrado por el SUBPROGRAMA DE SEGURO DE MEDICAMENTOS DE USO AMBULATORIO PARA JEFES DE HOGAR y el SUBPROGRAMA DE MEDICAMENTOS GENÉRICOS PARA ATENCIÓN PRIMARIA DE LA SALUD.

Que mediante la Resolución N° 201 de fecha 9 de abril de 2002 del MINISTERIO DE SALUD, se aprobó el conjunto de prestaciones básicas esenciales garantizadas por los Agentes del Seguro de Salud comprendidos en el Artículo 1° de la Ley N° 23.660, del denominado PROGRAMA MÉDICO OBLIGATORIO DE EMERGENCIA (PMOE), y se dispuso que los Agentes dél Seguro debían adaptar todos sus programas de prestación y control, así como sus contratos, a los efectos de garantizar el PROGRAMA...

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