Resolución Conjunta 16/2020

Fecha de publicación01 Diciembre 2020
SecciónResoluciones Conjuntas
EmisorMINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Y MINISTERIO DE ECONOMÍA


Ciudad de Buenos Aires, 27/11/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-73233716-APN-DCYF#SPF, la Ley Orgánica del Servicio PenitenciarioFederal Nº 17.236 (según texto Ley Nº 20.416), el Decreto N° 586 del 22 de agosto de 2019, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 819 del 25 de octubre de 2020 y la Resolución N° RESOL-2019-607-APN-MJ del 27 de agosto del 2019, y

CONSIDERANDO:

Que por aplicación del Decreto N° DECTO-2019-586-APN-PTE del 22 de agosto de 2019, y la Resolución N° RESOL-2019-607-APN-MJ del 27 de agosto de 2019, se fijó una nueva escala salarial para el Personal del Servicio Penitenciario Federal.

Que posteriormente por conducto del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº DECNU-2020-819-APN-PTE del 25 de octubre de 2020 se fijaron a partir del 1 de octubre de 2020, los nuevos importes correspondientes al haber mensual, las compensaciones, suplementos particulares, régimen de viáticos, complemento particular y los correspondientes a los conceptos “Resarcimiento de Gastos” y “Reintegro de Gastos de Sepelio”.

Que teniendo en consideración las exigencias del servicio y los cometidos propios de la Institución Penitenciaria, con la finalidad de garantizar la implementación de una justa y equitativa escala retributiva del personal penitenciario, resulta necesario fijar una escala de haberes para el citado personal, que reconozca una adecuada jerarquización en relación con la capacidad, responsabilidad y dedicación que demanda la correcta ejecución de su actividad.

Que a través del incremento de la retribución que se otorga con la presente medida, se mantiene una adecuada jerarquización con relación a la capacidad, responsabilidad y dedicación del personal del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

Que en tal entendimiento resulta procedente fijar los importes del “Haber Mensual”, modificando así las escalas salariales vigentes.

Que han tomado la intervención que les compete la COMISIÓN TÉCNICA ASESORA DE POLÍTICA SALARIAL DEL SECTOR PÚBLICO y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 4º, inciso b), apartado 12 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992 y sus modificaciones), y el artículo 3°, inciso h), apartado I) del Decreto N° 101/85 y sus modificaciones.

Por ello,

LA MINISTRA DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Y

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1º.- Fíjase, a partir del 1° de diciembre de 2020 el haber mensual, los...

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