Resolución Conjunta 14/2019

Fecha de publicación12 Abril 2019
SecciónResoluciones Conjuntas
EmisorSECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR Y SECRETARÍA DE INDUSTRIA
Ciudad de Buenos Aires, 10/04/2019

VISTO el Expediente Nº S01:0354489/2004 del Registro del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que la firma PERTRAK SOCIEDAD ANÓNIMA, C.U.I.T. N° 30-50255665-3, ha solicitado acogerse al Régimen de Importación de “Líneas de Producción Usadas” conforme a la Resolución Nº 511 de fecha 29 de junio de 2000, modificada por la Resolución N° 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, restablecido por la Resolución Conjunta N° 157 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN y N° 255 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA de fecha 9 de abril de 2003, modificadas por las Resoluciones Nros. 83 de fecha 27 de junio de 2003 y 353 de fecha 21 de mayo de 2004 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, la Resolución Conjunta N° 40 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y N° 42 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS de fecha 30 de diciembre de 2008 y los Decretos Nros. 2.259 de fecha 28 de diciembre de 2009, 589 de fecha 16 de mayo de 2011 y 2.622 de fecha 27 de diciembre de 2012.

Que los bienes usados a importar forman parte, exclusivamente, de una línea de producción completa y autónoma, destinada a la producción de la pieza colector de escape, conforme al Artículo 2° de la Resolución Nº 511/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que el Artículo 28 del Decreto N° 1.174 de fecha 15 de noviembre de 2016, deroga los Artículos 4°, 5° y 6° del Decreto N° 589 de fecha 16 de mayo de 2011, manteniendo la vigencia de las actas oportunamente emitidas por la Unidad de Evaluación creada por dicho decreto.

Que el Artículo 29 del Decreto N° 1.174/16 otorga un plazo de TRES (3) años contados desde el dictado de la presente medida para la resolución de las solicitudes de inclusión a los beneficios establecidos por la Resolución N° 511/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que los bienes mencionados en el Artículo 1° de la presente resolución, serán instalados en el predio declarado por la empresa en las actuaciones indicadas en el Visto.

Que la firma PERTRAK SOCIEDAD ANÓNIMA ha presentado un certificado de calidad expedido por SQS, según las Normas ISO/TS 16949:2002 y por BVQI bajo las Normas ISO/TS 16949:2002.

Que el INSTITUTO TECNOLÓGICO DE BUENOS AIRES y la FACULTAD DE CIENCIAS EXACTAS Y NATURALES – UNIVERSIDAD DE BUENOS AIRES han intervenido desde el punto de vista técnico en el análisis del proyecto, opinando que el mismo responde a lo previsto en la legislación vigente.

Que del análisis efectuado surge, que la línea de producción...

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