Resolución Conjunta 1-E.

Fecha de disposición18 Agosto 2017
Fecha de publicación18 Agosto 2017
SecciónResoluciones Conjuntas

MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN

Y

COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

Resolución Conjunta 1-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 03/08/2017

VISTO: el Expediente CUDAP: EXP-S01: 0305450/2016 del registro de la COMISIÓN NACIONAL DE VALORES, entidad autárquica actuante en la órbita del MINISTERIO DE FINANZAS, la Ley N° 26.831 de Mercado de Capitales, la Ley N° 27.341 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2017, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y modificatorios, el Decreto N° 110 de fecha 29 de enero de 2014, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios Nros. 423 del 25 de marzo de 2010 y 1914 del 7 de diciembre de 2010, las Resoluciones de la ex SECRETARIA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 38 del 16 de marzo de 2010 y 129 del 28 de octubre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 110 de fecha 29 de enero de 2014 se homologa el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional de fecha 27 de septiembre de 2013.

Que el artículo 2° del mencionado Decreto establece que el personal de la COMISION NACIONAL DE VALORES que pase a revistar bajo el régimen de la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 será encasillado en el Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, a partir del primer día del mes siguiente al de la suscripción del Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General que por el artículo 1° se homologa; y que según lo establece el mencionado Artículo el personal que manifieste su desacuerdo con dicho cambio de encuadre legal mantendrá hasta la finalización de su vínculo laboral el régimen de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que en atención a lo expresado en el Considerando anterior, el doctor Emilio Martín FERRÉ manifestó haber tomado conocimiento del cambio de...

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