Resolución Comunal N° 29815145-COMUNA15/17

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición14 de Febrero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2017 Año de las Energías Renovables"
RESOLUCIÓN COMUNAL N.° 29.815.145/COMUNA15/17
Buenos Aires, 22 de diciembre de 2017
VISTO:
La Ley Nacional N° 26.994, La Constitución d la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
las Leyes N° 1.777 y N° 3.263, los Decretos N° 166/GCBA/13 modificado por el
Decreto N° 55/GCBA/14 y N° 433/GCBA/16, las Resoluciones Nº
024305220/COMUNA15/15, 03255872/COMUNA15/17 y 21112965/COMUNA15/17, el
Dictamen Jurídico N° IF-2015-01965989-DGACOM y N° IF-2016-23282307-DGACOM
y el Expediente Electrónico Nº 2013-06179227-MGEYA-COMUNA15, y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el visto tramita la petición efectuada por el Sr. Roberto
Sebastián Simonetti, DU. 13132542, en la que solicita el resarcimiento económico por
los daños que la caída de ramas de una árbol provocara sobre su vehículo Marca
Honda, Modelo Accord, Dominio BPL 531, sobre la calle Plaza N° 1160, de esta
ciudad, el 11/10/2013 (Orden 02);
Que a fin de acreditar las circunstancias alegadas, el requirente acompaño siguiente
documentación: Copia fiel del certificado de actuaciones labradas en la Comisaría de
la Comuna Judiciales CC 15 de la Policía Metropolitana (orden 2), Tres fotografías
(orden 2), Copia fiel de tres presupuestos (orden 2 y orden 67), Copia fiel del título de
propiedad del vehículo mencionado, del cual surge su calidad de propietario (orden 56)
y Póliza del seguro contratado, de la cual surge que no se encontraban cubiertos los
daños parciales provocados por accidentes a la fecha del siniestro (orden 67);
Que el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación sancionado por la Ley Nacional N°
26.994, dispone en su art. N° 1.765 "Responsabilidad del estado. La responsabilidad
del Estado se rige por las normas y principios del derecho administrativo o local según
corresponda";
Que, la obligación legal de conservación del arbolado público en buenas condiciones
por parte de la Ciudad de Buenos Aires se encuentra prevista en la Ley N° 3.263 de
Arbolado Publico Urbano;
Que consultada la Dirección General de Logística, a través de la Subgerencia
Operativa de Planificación de Operaciones, señala que el 11/10/2013 personal de esa
Repartición intervino “...en un suceso de la calle Plaza 1163 por un árbol caído sobre
dos vehículos... siendo uno de ellos un Honda Accord 1997, Dominio BPL 531... En
cuanto a los daños sufridos, a simple vista se pudo observar daños en el capot,
guardabarros izquierdo y derecho, parante derecho y paragolpe...“ (v. orden 18);
Que solicitada la intervención de la Coordinación Área Pericial de la Dirección General
Técnica Administrativa y Legal de la Procuración General, personal de la misma emite
un informe detallado respecto de los daños y la suma necesaria para su reparación, la
que establece en pesos nueve mil trescientos cincuenta ($9.350.-) (orden 79);
Que al tomar intervención la Procuración General de la Ciudad, luego de evaluar las
constancias reunidas aconsejó dictar el pertinente acto administrativo que hiciera lugar
a lo peticionado (ver Dictamen Jurídico N° IF-2015-01965989-DGACOM, emitido el
30/01/2015, obrante en orden 88);
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5314 - 14/02/2018

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