Resolución Comunal N° 25335371/COMUNA6/17

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición17 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN COMUNAL N.° 25.335.371/COMUNA6/17
Buenos Aires, 1 de noviembre de 2017
VISTO: La Ley Nacional N° 26.994, La Constitución de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, Las leyes N° 1.777 y N° 3.263, los Decretos N° 166/GCBA/13, N°
55/GCBA/14, y N° 433/GCBA/16, el Expediente N° EX - 20172017-08537107-MGEYA-
COMUNA6, el Dictamen Jurídico de la Procuración General de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires N° IF-2017-19357862-DGACOM. y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el visto tramita la presentación efectuada por la Sra.
Lorena Elisabet Ramos, en la que solicita el resarcimiento económico por los daños
que la caída de ramas de un árbol provocara sobre su vehículo Marca Citroën, Modelo
C4 2.0 HDI, Dominio GVJ 356, sobre calle Fragata Sarmieto 1011 entre Franklin y Av.
Gaona de esta Ciudad, el día 9 de marzo de 2017;
Que a fin de acreditar las circunstancias alegadas, el/la requirente acompañó la
siguiente documentación: copia fiel acompañada del titulo de propiedad del vehiculo,
dos presupuestos, 15 fotgrafias, y certificado de denuncia policial;
Que el nuevo Código Civil y Comercial de la Nación sancionado por Ley Nacional N°
26.994, dispone en su art. N° 1.765 “Responsabilidad del estado. La responsabilidad
del Estado se rige por las normas y principios del derecho administrativo nacional o
local según corresponda“;
Que, la obligación legal de conservación del arbolado público en buenas condiciones
por parte de la Ciudad de Buenos Aires se encuentra prevista en la Ley N° 3.263 de
Arbolado Público Urbano;
Que por otra parte, con fecha 7 de mayo de 2013 se sancionó el Decreto N°
166/GCBA13 -y posteriormente su modificatorio Decreto N° 55/GCBA/14- por medio
del cual se transfirió a las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las
misiones, funciones y responsabilidades establecidas en la Ley N° 3.263, a excepción
de las previstas en el artículo 1° de dicho Decreto, todo ello de conformidad con las
competencias otorgadas por la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires y la Ley
Orgánica de Comunas N° 1.777;
Que de lo precedentemente expuesto, queda claro que recaen sobre las Comunas de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las responsabilidades primarias relativas al
mantenimiento del arbolado urbano de la Ciudad;
Que solicitada la intervención a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, ésta emite un Dictamen IF-2017-19357862-DGACOM detallado
respecto la legitimidad de los daños y la suma necesaria para su reparación, haciendo
lugar a lo peticionado por la suma de PESOS CINCUENTA Y SEIS MIL ($56.000.-), a
favor de la requirente y que la percepción de dicha suma implica renuncia expresa a
todo tipo de reclamo;
Que en consecuencia corresponde dictar el acto administrativo que, de conformidad
con dicho Dictamen Jurídico, haga lugar a lo peticionado por la suma PESOS
CINCUENTA Y SEIS MIL ($ 56.000.-).
Que mediante el Decreto N° 433/GCBA/16 se establecieron los niveles de decisión y
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5619 - 17/05/2019

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