Resolución Comunal Nº 21931543/GCABA/COMUNA12/16

FirmantesRoca
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorComuna 12
Fecha de la disposición23 de Septiembre de 2016

VISTO:

El Expediente N° 2015-35537279-MGEYA-MGEYA, y la Ley N° 1777, Decreto N° 453-

GCABA/12, Decreto N° 472 -GCABA/13, Resolución N° 436-SECGCYAC/12,

Resolución N° 18392612-COMUNA12/2016, Decreto N° 40/GCABA/14, Ordenanza

33581/77, y/o 33721/77 y/o Ley Nacional N° 11843 y Resoluciones N° 19/

SECGCYAC/14 y N° 300/ SECGCYAC/14; y

CONSIDERANDO:

Que por la mencionada actuación tramita denuncia por falta de higiene en el predio

sito en la Avenida Olazabal N° 4671.

Que con fecha 22/06/2016, inspectores de la Comuna 12, se constituyeron en el

inmueble a efectos de verificar las condiciones de Higiene y salubridad del lugar y

labraron el acta de intimación Nro. 00302-COMUNA12/2016, de fecha 22/06/2016, por

haber verificado la falta de higiene y malezas, siendo un sitio propicio para el

anidamiento y proliferación de roedores, insectos y alimañas.

Que con fecha 02/08/2016, los inspectores de la Comuna 12 se constituyeron

nuevamente en el lugar mencionado, a fin de verificar el efectivo cumplimiento del Acta

de Intimación mencionada ut supra, constatando que las tareas intimadas al ciudadano

no fueron realizadas, por lo que se procedió a confeccionar una Acta de

Comprobación Serie 3 N° 00148669.-

Que con fecha 02/08/2016 se dictó la Resolución N° 18392612-COMUNA12/2016

donde se intimó al propietario del inmueble para que en el plazo de diez (10) días de

notificado arbitre las medidas necesarias y suficientes para la desratización,

desinsectación, higienización y/o retiro de todos los materiales en desuso y residuos

del mismo, y/o reparación de cerco sobre línea oficial y/o vereda.

Que con fecha 22/09/2016 los inspectores de la Comuna 12 se constituyeron

nuevamente en el lugar mencionado, a fin de verificar el efectivo cumplimiento de la

Resolución N° 18392612-COMUNA12/2016, constatando que las tareas intimadas al

ciudadano no fueron realizadas, por lo que se procedió a confeccionar una Acta de

Comprobación Serie 3 N° 00148671.-

Que el artículo 11 de la Ordenanza 33581/77 establece que "todo propietario de

terreno total o parcialmente baldío o total o parcialmente descubierto está obligado a

mantenerlo debidamente cercado y en buenas condiciones de higiene, salubridad y

estética (...)".

Que, por la entrada en vigencia de la Resolución N° 300/ SECGCYAC/14 se

implementó "el nuevo

procedimiento para la higienización, desinfección,

desinsectación, desratización, eliminación de malezas y/o...

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