Resolución Comunal N° 21337144/COMUNA1/19
Emisor | Jefatura de Gabinete de Ministros |
Fecha de la disposición | 28 de Octubre de 2019 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN COMUNAL N.° 21.337.144/COMUNA1/19
Buenos Aires, 4 de julio de 2019
VISTO: la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley 1777 y la Ley
3263, el Decreto 166/GCBA/13, el Decreto 55/GCBA/14, el Decreto 433/GCBA/16, el
Expediente Electrónico N° EX-2018-MGEYA- 34108641, el Dictamen Jurídico de la
Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires IF-2019- 20426225 --
DGACEP y,
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el Visto tramita la petición efectuada por Embajada de
Rumania en la República Argentina, a través de la señora Carmen Liliana Podgorean,
quien solicita un resarcimiento por los daños que la caída de un árbol le provocara al
vehículo marca Volkswagen, modelo Suran, dominio PKT 529, en la Calle Arroyo
altura 955, de esta Ciudad, el día 10/11/2018;
Que, a fin de acreditar las circunstancias alegadas, el/la requirente acompaña la
siguiente documental: Título de propiedad del mencionado automotor; Denuncia
policial; Fotografías; Póliza de seguros vigente a la fecha del siniestro, contratada con
la aseguradora “Orbis Compañía Argentina de Seguros S.A.“; Carta documento
emitida por la referida aseguradora, notificando a la Embajada que los daños sufridos
en el siniestro denunciado no configuran la destrucción total del automotor; Un
presupuesto (orden 2 del E.E. 6.269.665/GCABA/UAC1/19); (fotografías, denuncia,
presupuestos, título de propiedad, Certificado de Cobertura del seguro vigente a la
fecha del siniestro); Dos recibos (orden 2 del E.E. 6.269.665/GCABA/UAC1/19 y orden
51). 8.- Una factura por la suma de $187.435;
Que tomó intervención la Dirección General de Logística, acreditando el hecho
denunciado.
Que la Dirección General de Gestión de la Flota Automotor, emitió un informe
determinando el monto de la reparación según los valores corrientes en plaza a la
fecha del siniestro en la suma de pesos ciento ochenta y siete mil cuatrocientos treinta
y cinco ($ 187.435),
Que, la Procuración General, mediante IF-2019-20426225--DGACEP de fecha
25/06/2019, emitió el pertinente Dictamen Jurídico;
Que, la obligación legal de conservación del arbolado público en buenas condiciones
en la Ciudad de Buenos Aires se encuentra prevista en la Ley 3263 de Arbolado
Público Urbano (texto consolidado por Ley Nº 6017);
Que, con fecha 7 de mayo de 2013 se sancionó el Decreto Nº 163/GCBA/13 -y
posteriormente su modificatorio Decreto Nº 55/GCBA/14- por medio del cual se
transfirió a las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las misiones,
funciones y responsabilidades establecidas en la citada Ley 3263, a excepción de las
previstas en el artículo 1º de dicho Decreto, todo ello de conformidad con las
competencias otorgadas por la Constitución de la Ciudad de Buenos Aries y la Ley
Orgánica de Comunas Nº 1777;
Que de lo precedentemente expuesto, queda claro que recaen sobre las Comunas de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las responsabilidades primarias relativas al
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5729 - 28/10/2019
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