Resolución Comunal N° 17862331/COMUNA15/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición25 de Junio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN COMUNAL N.º 17.862.331/COMUNA15/21
Buenos Aires, 14 de junio de 2021
VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las Leyes N° 1777 y
N° 3263, el Decreto 166/GCABA/13 y sus modificatorios -Decreto 55/GCABA/14 y
Decreto 110/GCABA/20- y el Decreto 433/GCABA/16, el Dictamen Jurídico de la
Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires IF-2021-16206053-
GCABA-DGACEP, el Expediente Electrónico N° 03203172/COMUNA15/21 y,
CONSIDERANDO:
Que por el actuado citado en el Visto tramita la petición efectuada por el Sr. Nicolas
Recondo, DU. 27170408, quien solicita un resarcimiento por los daños que la caída de
un árbol le provocara al vehículo marca Ford, modelo Focus, dominio LYX 351, en la
calle Charlone altura 79, de esta Ciudad, el 19/10/2020;
Que, a fin de acreditar las circunstancias alegadas, el requirente acompaña la
siguiente documentación: Título de propiedad del vehículo (orden 4). Un presupuesto
(orden 4). Póliza de seguros vigente a la fecha del siniestro, contratada con la
aseguradora "Sancor Cooperativa de Seguros Limitada" (orden 4). Fotografías (orden
5);
Que el día 19 de octubre de 2020 el agente Daniel Loizzo perteneciente al área de
emergencias de esta Comuna, se apersonó en la calle Charlone 79 a raíz de un
suceso derivado como emergencia, por la caída de un árbol sobre dicha arteria,
pudiendo observar que la caída de la misma generó daños en diferentes vehículos que
se encontraban estacionados, entre ellos un Ford Focus dominio LYX 351,
presentando rayones y abolladuras en diferentes partes del techo y laterales como así
también la rotura de un espejo (v. orden 39).;
Que del referido informe surge la existencia de un daño causado por un bien de
dominio público y que se encuentra acreditada la relación de causalidad; razón por la
cual, considero que la responsabilidad por el siniestro denunciado sería atribuible a
esta Administración;
Que la Dirección General Gestión de la Flota Automotor, emitió un informe detallado al
respecto en el orden 48 y consideró que: “...el presupuesto que luce en el orden 4,
página 13, "sí" se ajusta a los valores de plaza a la fecha en que fue emitido y el
mismo "sí" responde a los daños sufridos por el vehículo particular...";
Que por tanto, de acuerdo a los valores de plaza a la fecha del siniestro, determinó
que el monto total al que ascendería la reparación de los daños ocasionados al rodado
sería la suma de Pesos Setenta y Seis Mil con 00/100 ($76.000.-);
Que, la Procuración General, mediante IF-2021-16206053-GCABA-DGACEP de fecha
06/05/2021, emitió el pertinente Dictamen Jurídico;
Que, la obligación legal de conservación del arbolado público en buenas condiciones
en la Ciudad de Buenos Aires se encuentra prevista en la Ley 3263 de Arbolado
Público Urbano (texto consolidado por Ley Nº 6017, BOCBA 5485);
Que, con fecha 7 de mayo de 2013 se sancionó el Decreto Nº 166/GCABA/13 –y
posteriormente sus modificatorios Decreto Nº 55/GCABA/14 y Decreto
N°110/GCABA/20- por medio del cual se transfirió a las Comunas de la Ciudad
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6156 - 25/06/2021

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