Resolución Comunal Nº 14337455/GCABA/COMUNA10/17
Firmantes | Dippolito |
Emisor | Comuna 10 |
VISTO:
La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, la ley 2095, su modificatoria Ley N°
4764, Decreto 203/16, la Ley 1777, los Expedientes N° 2016-15477976-Comuna 10 y
2017-08758461-Comuna 10, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, de conformidad con su planificación
decidió poner en marcha el Plan de Obras de Reparación de Veredas de todas las
comunas.-
Que a tales efectos, la Junta Comunal mediante Acta N° 6 de fecha 6 de Septiembre
de 2016, por votación unánime de sus integrantes, decidió aprobar que se lleve a cabo
la Licitación Pública para la Reparación de Veredas.-
Que en virtud de ello por el Expediente N° 2016-15477976-Comuna10, tramita la
Licitación Pública N° 983/SIGAF/2016 denominada "Reparación Integral de Veredas",
a efectos de llevar a cabo la ejecución de la obra que consiste en el mejoramiento de
la transitabilidad y accesibilidad en las aceras del territorio de la Comuna 10 de la
Ciudad de Buenos Aires.-
Que efectuada que fuera la Licitación Pública referida, resultó adjudicataria de las
obras la Empresa Instalectro S.A.-
Que el inicio de obra de la empresa adjudicataria se produjo en fecha 16 de enero
2017.-
Que la referida empresa fue desarrollando sus acciones en los objetivos definidos en
el listado publicado previamente en el Boletín Oficial de la Ciudad.-
Que en virtud de intervenciones de urgencia, algunas aceras que integraban el citado
listado al momento del inicio de las obras, ya se encontraban reparadas.-
Que en otros casos, la negativa de los vecinos al desarrollo de las obras impidió su
ejecución.-
Que circunstancias como las precedentemente expuestas y algunos otros
imponderables, determinaron que se deba modificar la nómina de aceras que
inicialmente integraban el listado para las obras objeto de la Licitación.-
Que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, en el ítem 2.1.6.1 hace referencia
a la posibilidad de variaciones respecto de lo consignado en el listado original.-
Que la sumatoria de imprevistos obligó a que se debiera actuar de oficio, en cuanto a
la modificación de los listados.-
Que de conformidad con los términos de la Ley 1777,
EL PRESIDENTE DE LA COMUNA 10
RESUELVE:
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