Resolución Comunal Nº 14337455/GCABA/COMUNA10/17

FirmantesDippolito
EmisorComuna 10

VISTO:

La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, la ley 2095, su modificatoria Ley N°

4764, Decreto 203/16, la Ley 1777, los Expedientes N° 2016-15477976-Comuna 10 y

2017-08758461-Comuna 10, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, de conformidad con su planificación

decidió poner en marcha el Plan de Obras de Reparación de Veredas de todas las

comunas.-

Que a tales efectos, la Junta Comunal mediante Acta N° 6 de fecha 6 de Septiembre

de 2016, por votación unánime de sus integrantes, decidió aprobar que se lleve a cabo

la Licitación Pública para la Reparación de Veredas.-

Que en virtud de ello por el Expediente N° 2016-15477976-Comuna10, tramita la

Licitación Pública N° 983/SIGAF/2016 denominada "Reparación Integral de Veredas",

a efectos de llevar a cabo la ejecución de la obra que consiste en el mejoramiento de

la transitabilidad y accesibilidad en las aceras del territorio de la Comuna 10 de la

Ciudad de Buenos Aires.-

Que efectuada que fuera la Licitación Pública referida, resultó adjudicataria de las

obras la Empresa Instalectro S.A.-

Que el inicio de obra de la empresa adjudicataria se produjo en fecha 16 de enero

2017.-

Que la referida empresa fue desarrollando sus acciones en los objetivos definidos en

el listado publicado previamente en el Boletín Oficial de la Ciudad.-

Que en virtud de intervenciones de urgencia, algunas aceras que integraban el citado

listado al momento del inicio de las obras, ya se encontraban reparadas.-

Que en otros casos, la negativa de los vecinos al desarrollo de las obras impidió su

ejecución.-

Que circunstancias como las precedentemente expuestas y algunos otros

imponderables, determinaron que se deba modificar la nómina de aceras que

inicialmente integraban el listado para las obras objeto de la Licitación.-

Que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, en el ítem 2.1.6.1 hace referencia

a la posibilidad de variaciones respecto de lo consignado en el listado original.-

Que la sumatoria de imprevistos obligó a que se debiera actuar de oficio, en cuanto a

la modificación de los listados.-

Que de conformidad con los términos de la Ley 1777,

EL PRESIDENTE DE LA COMUNA 10

RESUELVE:

Artículo 1° Déjese sin efecto las reparaciones...

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