Resolucion 246/2007 -comfer

Fecha de disposición26 Abril 2007
Fecha de publicación26 Abril 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31143
  1. Los envases al vacío se colocarán en cajas inmediatamente y las etiquetas de cada caja deberán contener, al menos, el rasgo característico mencionado anteriormente, el peso total y la cantidad de cortes. Cuando los cortes de calidad superior no son colocados en cajas inmediatamente después de ser envasados al vacío, la carne permanecerá bajo vigilancia permanente de las autoridades competentes, por ejemplo, mediante la colocación y remoción de una etiqueta provisoria oficial por parte de un veterinario oficial.

    Después del envasado final en cajas se colocarán precintos y etiquetas a todas las cajas de acuerdo con la legislación veterinaria pertinente de la COMUNIDAD EUROPEA (Directiva del Consejo 72/462/EEC) se almacenarán en cámaras refrigeradas designadas a la espera de su envío a la COMUNIDAD EUROPEA.

  2. El proceso completo de desposte, incluyendo los controles de cantidad (por ejemplo, la cantidad de cortes debe coincidir con las reses, los cuartos o los cortes con hueso utilizados ese día) o calidad, finalizará antes que cualquier otra carne ingrese al área de desposte. Un funcionario registrará dichos controles y los registros se conservarán por, al menos, DOS (2) años.

    Comité Federal de Radiodifusión RADIODIFUSION Resolución 246/2007

    Prorrógase la suspensión de los efectos del artículo 4º de la Resolución Nº 1907/2006.

    Bs. As., 24/4/2007

    VISTO, el Expediente Nº 0780-COMFER/06 y las Resoluciones Nº 1907-COMFER/06, Nº 2114COMFER/06, Nº 0006-COMFER/07, y CONSIDERANDO:

    Que mediante la Resolución Nº 1907COMFER/06 se establecieron distintas medidas relacionadas con lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 22.285.

    Que posteriormente, ante una presentación realizada por la Asociación de Telerradiodifusoras Argentinas (ATA) en la que planteó diversas cuestiones relacionadas con dicho acto administrativo, a los efectos de analizar todos los puntos presentados por dicha Asociación, mediante Resolución Nº 2114COMFER/06 se suspendieron los efectos del artículo 4º de la Resolución Nº 1907COMFER/06 hasta el 31 de diciembre de 2006.

    Que la citada Asociación se presenta nuevamente ante este organismo, solicitando que, en caso de no existir definición de la petición mencionada en el considerando precedente, se dictara una prórroga de la suspensión de que se trata, dictándose en consecuencia la Resolución Nº 0006-COMFER/07, la que prorrogó la suspensión hasta el 26 de marzo de 2007.

    Que en virtud de...

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