Resolucion 3/2008 - Cnta
Fecha de disposición | 11 Marzo 2008 |
Fecha de publicación | 11 Marzo 2008 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31363 |
ANEXO REMUNERACIONES PARA EL PERSONAL DE IMPLANTACION, MANTENIMIENTOY PRODUCCION DE BOSQUES NATIVOS E IMPLANTADOS CON VIGENCIA A PARTIR DEL 1º DE DICIEMBRE DE 2007
CATEGORIAS POR DIA POR MES PRESENTISMO TOTAL P/MES $ $ $ $ Peones Generales 49.78 1.125 125 1.250
Cargadores 56.06 1.208 250 1.457,50
Conductores de camiones Máquinas varias y tractores en el monte 56.94 1.309 250 1.558,75
Motosierristas 55.38 1.250 250 1.500
Mecánicos 60.63 1.378 250 1.627,50
Hacheros, volteadores y troceadores 52.61 1.193.75 250 1.443,75
Peladores, enganchadores y estibadores. 57.13 1.300 250 1.550
Capataces 61.38 1.393.75 250 1.643.75
Encargados 62.95 1.430 250 1.680 Comisión Nacional de Trabajo Agrario SALARIOS Resolución 3/2008
Fíjanse las remuneraciones para el personal ocupado en tareas de cultivo, cosecha, embalaje y manipulación de frutilla, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional Nº 8 para la provincia de Tucumán.
Bs. As., 21/2/2008
VISTO, el Expediente Nº 630.708/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, y CONSIDERANDO:
Que por Acta Nº 11 de fecha 16 de noviembre de 2007 la Comisión Asesora Regional Nº 8, eleva a consideración de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario un acuerdo respecto de las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en tareas de CULTIVO, COSECHA, EMBALAJE Y MANIPULACION DE FRUTILLA.
Que analizados los antecedentes respectivos y habiendo coincidido las representaciones sectoriales en cuanto a la pertinencia del incremento en las remuneraciones mínimas acordadas para la actividad, se debe proceder a su determinación.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 86 del Régimen Nacional de Trabajo Agrario, aprobado por la Ley 22.248, y el Decreto Nº 563 de fecha 18 de julio de 1980 y sus modificatorios.
Por ello,
LA COMISION NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO RESUELVE:
Fíjanse las remuneraciones para el personal ocupado en tareas de CULTIVO,
COSECHA, EMBALAJE y MANIPULACION de FRUTILLA, en jurisdicción de la Comisión Asesora Regional Nº 8, para la Provincia de TUCUMAN las que tendrán vigencia a partir del 1º de diciembre de 2007, en las condiciones que se consignan a continuación:
$ 43, 07
$ 980, 00
$ 0,211
$ 0,0376
$ 0,376
$ 0,211
$ 2,99 (por tonelada por persona que intervenga en la operación con maquinaria) El personal percibirá por día (Jornal de 8 horas)...
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