Resolucion 10/2007 - Cgep

Fecha de disposición20 Noviembre 2007
Fecha de publicación20 Noviembre 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31285
Art. 7º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

-- Norberto Baloira. -- Pablo Olocco. -- Horacio Ghilini. -- Elena O. de Otaola. -- Daniel Di Bartolo. -Alicia Velich. -- Erica V. Covalschi. -- Horacio Ferrari. -- Silvia J. Squire.

Consejo Gremial de Enseñanza Privada ENSEÑANZA PRIVADA Resolución 10/2007

Rectifícase el inciso b) del Artículo de la Resolución Nº 3/2007, del Consejo Gremial de Enseñanza Privada.

Bs. As., 13/11/2007

VISTO las facultades otorgadas por el artículo 31 de la Ley 13.047 al Consejo Gremial de Enseñanza Privada, y:

CONSIDERANDO:

Que es competencia de este Consejo Gremial el tratamiento de las cuestiones relativas al sueldo del personal docente que se desempeña en establecimientos educativos de gestión privada conforme lo establecido por el Estatuto del Personal dependiente de Establecimientos de Enseñanza Privada;

Que se hace necesario proceder a rectificar el monto de la asignación por cargo que se abona al Vicedirector (Artículo 1º inciso b) de la Resolución Nº 003/07) toda vez que en el mismo se deslizara un error material al consignar la suma de pesos cincuenta y seis con catorce centavos ($ 56,14) en lugar de sesenta y siete con noventa y cuatro centavos ($ 67,94) como correspondía conforme a la recomposición salarial que se aprobara por dicho acto resolutivo.

Que por sesión de fecha 13 de noviembre de 2007, se aprobó por mayoría el dictado del presente acto administrativo, conforme lo determina la Ley 13.047 en sus Artículos 18 inciso b) y 31;

Por ello, en uso de facultades propias EL CONSEJO GREMIAL DE ENSEÑANZA PRIVADA Reunido en sesión ordinaria RESUELVE Artículo 1º -- Establecer que corresponde rectificar el inciso b) del Artículo de la Resolución Nº 003/2007, el que quedará redactado de la siguiente manera:

  1. Para el Director, Vicedirector, Jefe o Encargado de Sección y Subjefe o Subencargado de Sección: un adicional por cargo de:

Director $ 77,27

Vicedirector $ 67,94

Jefe o Encargado de Sección $ 52,73

Subjefe o Subencargado de Sección $ 46,83

Art. 2º

El pago de diferencia salarial a que hubiere lugar por aplicación del artículo precedente se abonará conjuntamente con la liquidación de remuneraciones correspondiente al mes de noviembre de 2007.

Art. 3º

Desglosar la presente Resolución para su registro y archivo remitiendo copia al Ministerio de Trabajo, a la Administración Nacional de la Seguridad Social, a la...

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