Resolución C. 20/2011

Fecha de la disposición29 de Abril de 2011

Viernes 29 de abril de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.139 15

Art. 4

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Guillermo R. Oliveri.

SecretarÃa de Culto CULTO Resolución 12/2011 lnscrÃbese en el Registro Nacional de Cultos a la organización denominada Iglesia Cristiana Tierra de Prosperidad.

Bs. As., 22/2/2011

VISTO el Expediente N'º' 63.160/2009 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO donde se presenta la entidad IGLESIA CRISTIANA TIERRA DE PROSPERIDAD en la que solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos, según lo establecido por el ArtÃculo 2'º de la Ley N'º' 21.745, y CONSIDERANDO:

Que el ArtÃculo 14 de la CONSTITUCION NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamentan su ejercicio.

Que corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar los reglamentos necesarios para la ejecución de las leyes.

Que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Ley N'º' 21.745 y su Decreto Reglamentario N'º' 2037 de fecha 23 de agosto de 1979.

Que del informe producido por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos obrante a fojas 80/81 de las actuaciones citadas en el Visto resulta que, de los antecedentes debidamente evaluados, la institución requirente ha demostrado su carácter religioso de conformidad con lo dispuesto por el ArtÃculo 4'º del Decreto Reglamentario N'º' 2037/79.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — InscrÃbase en el Registro Nacional de Cultos bajo el N'º' 4406 a la organización denominada IGLESIA CRISTIANA TIERRA DE PROSPERIDAD con sede central en la Avenida San MartÃn N'º' 365, Localidad de Barranqueras,

PROVINCIA DEL CHACO.

Art. 2

'º — RegÃstrese la firma del señor D. Diego José PEREYRA (D.N.I. N'º' 26.698.057) en su carácter de Presidente, bajo el N'º' 9019 y procédase a extender la documentación correspondiente.

Art. 3

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Guillermo R. Oliveri.

SecretarÃa de Culto CULTO Resolución 13/2011 lnscrÃbese en el Registro Nacional de Cultos a la organización denominada Ministerio BÃblico Internacional.

Bs. As., 22/2/2011

VISTO el Expediente N'º' 38.150/2010 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO donde se presenta la entidad MINISTERIO BIBLICO INTERNACIONAL en la que solicita su inscripción en el Registro Nacional de Cultos, según lo establecido por el ArtÃculo 2'º de la Ley N'º' 21.745, y CONSIDERANDO:

Que el ArtÃculo 14 de la CONSTITUCION NACIONAL establece el derecho de todo habitante de profesar libremente su culto dentro del marco de las leyes que reglamentan su ejercicio.

Que corresponde al PODER EJECUTIVO NACIONAL dictar los reglamentos necesarios para la ejecución de las leyes.

Que la entidad peticionante ha dado cumplimiento a lo dispuesto por la Ley N'º' 21.745 y su Decreto Reglamentario N'º' 2037 de fecha 23 de agosto de 1979.

Que del informe producido por la Dirección General del Registro Nacional de Cultos obrante a fojas 60 de las actuaciones citadas en el Visto resulta que, de los antecedentes debidamente evaluados, la institución requirente ha demostrado su carácter religioso de conformidad con lo dispuesto por el ArtÃculo 4'º del Decreto Reglamentario N'º' 2037/79.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO RESUELVE:

ArtÃculo 1'º — InscrÃbase en el Registro Nacional de Cultos bajo el N'º' 4397 a la organización denominada MINISTERIO BIBLICO INTERNACIONAL con sede central en la Avenida Colón N'º' 2971, Barrio de Alto Alberdi, Ciudad de Córdoba, PROVINCIA DE CORDOBA.

Art. 2

'º — RegÃstrese la firma del señor D. Rodolfo Argentino VERA (D.N.I. N'º' 7.646.580) en su carácter de Presidente, bajo el N'º' 9010 y procédase a extender la documentación correspondiente.

Art. 3

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — Guillermo R. Oliveri.

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS Resolución 36/2011

Prórroga habiIitación aduanera provisoria puerto Villa Gobernador Gálvez. Cargill S.A.C.I.

Bs. As., 20/4/2011

VISTO la Actuación SIGEA N'º' 12542-703-2006 del registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, y CONSIDERANDO:

Que por la citada actuación la firma CARGILL S.A.C.I. (CUIT N'º' 30-50679216-5) solicita una nueva prórroga de la habilitación aduanera otorgada con carácter provisorio y al solo efecto de realizar operaciones de exportación, del sector de atraque correspondiente al puerto particular de esa empresa, ubicado en terrenos de su propiedad en el área portuaria de Villa Gobernador Gálvez, Provincia de SANTA FE, entre las calles SolÃs, Matienzo, Artigas...

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