Resolución C. 6/2011

EmisorInstituto Nacional de Vitivinicultura
Fecha de la disposición28 de Febrero de 2011

Lunes 28 de febrero de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.101 12

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artÃculo 100 incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL y de conformidad con el artÃculo 9'º, último párrafo, del Anexo I del Decreto N'º 1421/02.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS DECIDE:

ArtÃculo 1'º — AutorÃzase como excepción a lo previsto en el inciso c) punto II del artÃculo 9'º del Anexo I del Decreto N'º 1421/02, al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO para que proceda a contratar al señor D. Guillermo Gabriel GERAGHTY (D.N.I. N'º 11.027.373) equiparando su remuneración al Nivel Escalafonario E Grado 0 del escalafón SINEP, en los términos del régimen previsto por el Decreto N'º 215/91, a partir del 1 de marzo de 2010 al 31 de julio de 2011, a fin de prestar funciones en la Dirección Nacional del Antártico.

Art. 2

'º — ComunÃquese, publÃquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archÃvese. — AnÃbal D. Fernández. — Héctor M. Timerman.

% 12 % % 12 % Superintendencia de Seguros de la Nación SEGUROS Resolución 35.615/2011

Apruébase el Marco Regulatorio del Reaseguro. Formulario.

Bs. As., 11/2/2011

Y CONSIDERANDO:

Que la Ley 20.091 establece el régimen aplicable a la actividad aseguradora y reaseguradora en el ámbito de la República Argentina.

Que a través de las Resoluciones Nos. 24.805, 25.322, 27.885, 28.568, 29.473 y 33.320 se estableció el marco regulatorio de los contratos de reaseguro que celebran las entidades reaseguradoras.

Que se estima conveniente proceder a la actualización del conjunto normativo mencionado en un único texto.

Que la Ley 12.988 (texto ordenando por Decreto Nro. 10.307/53) prohÃbe asegurar en el extranjero a personas, bienes o cualquier interés asegurable de jurisdicción nacional.

Que, a través de la experiencia acumulada, se ha determinado que resulta necesario adecuar los mecanismos de control tendientes a garantizar la necesaria solvencia de aseguradores y reaseguradores que operen en el territorio nacional, asà como la equidad y razonabilidad técnica de las condiciones de contratación respectivas.

Que, asimismo, se procura favorecer la integración y armonización de los mercados de seguros y reaseguros de los paÃses del MERCOSUR.

Que, consecuentemente, resulta necesario establecer un marco regulatorio acorde para los corredores de reaseguros.

Que la Ley N'º 25.246 impone a este Organismo el deber de informar operaciones...

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