Resolución 01 2009 ANSES

Emisor: ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (A.N.Se.S.)

Fecha de Emisión: 05/01/2009

Publicado en: BOLETIN OFICIAL 13/01/2009

VISTO el Expediente Nº024-99-81162288-1-790 del registro de esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº26.425, el Decreto Nº2105 de fecha 4 de diciembre de 2008, la Resolución Ss.G.yE.P. Nº1 de fecha 17 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº26.425 se establecieron sustanciales modificaciones en el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones, tales como la eliminación del Régimen de Capitalización y su absorción y sustitución por parte del régimen de reparto, en un único régimen previsional público denominado Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Que el artículo 14 de dicha Ley estableció que, en los supuestos de extinción de la relación laboral por despido directo dispuesto por las ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES, se garantizaría el empleo de los dependientes no jerárquicos que opten por incorporarse al Estado nacional en cualquiera de sus dependencias que éste fije a tal fin.

Que por el artículo 7º del Decreto Nº2105/08 se dispuso que la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público de la Secretaría de Gabinete y Gestión Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros sería la autoridad encargada de realiza los actos necesarios para garantizar el empleo de los dependientes directos no jerárquicos de las ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE JUBILACIONES Y PENSIONES.

Que mediante la Resolución Nº1/2008 el Subsecretario de Gestión y Empleo Público fijo las pautas y condiciones en función de las cuales se garantizará el empleo de los referidos dependientes.

Que por el inciso d) del artículo 1º de la Resolución mencionada, se estableció que esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) propondrá al personal a incorporar una oferta de empleo en los distintos organismos, con vigencia a partir del día siguiente al del cese de la relación laboral con la respectiva Administradora, y que con la sola aceptación de dicha oferta, el personal tendrá derecho a percibir la remuneración correspondiente a partir de esa fecha.

Que mediante el artículo 8º del Decreto Nº2105/08 se facultó a esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) para dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación del mencionado Decreto.

Que en tal sentido, y a fin de asegurar el estricto cumplimiento de las disposiciones del artículo...

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