Resolución Anexa Ii/2011

Fecha de la disposición 7 de Abril de 2011

Jueves 7 de abril de 2011 Primera Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.125 27

Que, con fecha 22 de mayo de 2009 ha sido suscripto un Convenio Marco entre la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la PROVINCIA de SALTA, con el fin de coordinar esfuerzos y acciones en la promoción y ejecución de polÃticas y medidas de tránsito y seguridad.

Que, asimismo, y en el marco del Sistema Nacional de Licencias de Conducir, aprobado por Disposición ANSV N'º' 207 de fecha 27 de octubre de 2009, la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, la PROVINCIA DE SALTA y el MUNICIPIO DE LA CIUDAD DE SALTA han suscripto el dÃa 30 de junio de 2010 un Convenio Marco para la Implementación de la Licencia Nacional de Conducir, asà como también un Convenio EspecÃfico de Cooperación para la implementación del Certificado Nacional de Antecedentes de Tránsito en la mencionada Provincia.

Que el Municipio de la Ciudad de Salta, de la Provincia de Salta adhirió al régimen establecido por las Leyes Nacionales N'º' 24.449 y N'º' 26.363 mediante la Ordenanza Municipal N'º' 13.589/09.

Que encontrándose cumplimentado por el Municipio de San José de Metán el procedimiento establecido por la Disposición ANSV N'º' 207 para la “CERTIFICACION DE LOS CENTROS DE EMISION DE LICENCIA NACIONAL DE CONDUCIR” corresponde certificar y homologar el Centro de Emisión de Licencias de conducir de dicho municipio, habilitándolo a emitir la Licencia Nacional de Conducir, conforme las facultades conferidas al DIRECTOR EJECUTIVO de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL en los artÃculo 4'º inciso a), e) y f) de la Ley N'º' 26.363 y Anexo V al Decreto N'º' 1716/08.

Que la DIRECCION NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR Y ANTECEDENTES DE TRANSITO y la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES Y JURIDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, han tomado la intervención de su competencia.

Que el DIRECTOR EJECUTIVO de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL resulta competente para la suscripción de la presente Disposición en virtud de las competencias expresamente atribuidas por el artÃculo 7'º inciso b) de la Ley N'º' 26.363.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL DISPONE:

ARTICULO 1

'º — CertifÃquese y Homológuese el Centro de Emisión de Licencias de Conducir del Municipio de la Ciudad de Salta, de la Provincia de Salta, para emitir la Licencia Nacional de Conducir.

ARTICULO 2

'º â AutorÃzase a...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR