Resolución 985/2019

Fecha de publicación30 Octubre 2019
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 02/08/2019

VISTO el EX – 2019- 18872885 – APN – DGDMT#MPYT del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en el IF – 2019 – 59006501-APN-DALSP#MPYT conjuntamente con los IF – 2019 – 59007279-APN-DALSP#MPYT, IF – 2019 – 59007957-APN-DALSP#MPYT, IF – 2019 – 59012205-APN-DALSP#MPYT, IF – 2019 – 59011448-APN-DALSP#MPYT e IF – 2019 – 59010017-APN-DALSP#MPYT, obran el acuerdo y escalas salariales celebrados entre la UNION DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES (U.T.P.B.A.) por el sector sindical, y la ASOCIACION DE EDITORES DE DIARIOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES (AEDBA), ASOCIACION FEDERAL DE EDITORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (AFERA), ASOCIACION ARGENTINA DE EDITORES DE REVISTAS (AAER), ASOCIACION DE LA PRENSA TECNICA Y ESPECIALIZADA (APTA), PUBLIREVISTAS SOCIEDAD ANONIMA, AGENCIA EFE SOCIEDAD ANONIMA, AGENZIA NAZIONALE STAMPA ASSOCIATA SOCIETA COOPERATIVA (ANSA) y THX MEDIOS SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, cuya homologación las partes solicitan en los términos dispuestos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que en el IF-2019-59022240-APN-DALSP#MPYT conjuntamente con los IF-2019-65213230-APN-DALSP#MPYT e IF-2019-65213983-APN-DALSP#MPYT obra el acuerdo celebrado entre la UNION DE TRABAJADORES DE PRENSA DE BUENOS AIRES (U.T.P.B.A.) por el sector sindical, y la ASOCIACION DE EDITORES DE DIARIOS DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES (AEDBA), ASOCIACION FEDERAL DE EDITORES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (AFERA), ASOCIACION ARGENTINA DE EDITORES DE REVISTAS (AAER), ASOCIACION DE LA PRENSA TECNICA Y ESPECIALIZADA (APTA), PUBLIREVISTAS SOCIEDAD ANONIMA, AGENCIA EFE SOCIEDAD ANONIMA, AGENZIA NAZIONALE STAMPA ASSOCIATA SOCIETA COOPERATIVA (ANSA) y THX MEDIOS SOCIEDAD ANONIMA, por el sector empleador, cuya homologación las partes solicitan en los términos dispuestos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo los acuerdos de marras las partes han convenido nuevas condiciones económicas conforme los términos allí consignados.

Que respecto al caracter de las sumas pactadas, se hace saber a las partes lo previsto en el artículo 103 bis de la Ley 20.744.

Que con relación al ámbito personal y territorial de aplicación de los acuerdos, se establece para todos los trabajadores y alcanza a todos los empleadores de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de todas las actividades de prensa escrita de diarios, secciones on line de diarios, prensa escrita de revistas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR