Resolucion 982

Fecha de disposición12 Octubre 2007
Fecha de publicación12 Octubre 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31259
ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Gírese al Departamento Control de Gestión para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del importe promedio de las remuneraciones y del tope indemnizatorio fijado por la presente, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

ANEXO Expediente Nº 1.220.556/07

PARTES SIGNATARIAS FECHA DE BASE TOPE ENTRADA EN PROMEDIO INDEMNIZATORIO VIGENCIA FEDERACION ARGENTINA DE 01/04/2007 $ 1.146,32 $ 3.438,96

TRABAJADORES DE INDUSTRIAS QUIMICAS Y PETROQUIMICAS C/ CAMARAARGENTINA DE FABRICANTES DE ACUMULADORES ELECTRICOS CCT 78/89

Expediente Nº 1.220.556/07

BUENOS AIRES, 06 de septiembre de 2007

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 981/07, se ha tomado razón del tope indemnizatorio calculado en el expediente de referencia, quedando registrado con el número 1077/07. -- VALERIA A. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación D.N.R.T.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 982/2007

Registro Nº 1082/07

Bs. As., 3/9/2007

VISTO el Expediente Nº 1.216.572/07 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 902 de fecha 15 de agosto de 2007 y CONSIDERANDO:

Que a fojas 40 del Expediente Nº 1.216.572/07 obra la escala salarial pactada entre el SINDICATO DE CAPATACES ESTIBADORES PORTUARIOS y la empresa BUENOSAIRES CONTAINER TERMINAL SERVICIOS SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la escala precitada forma parte del Convenio Colectivo de Trabajo homologado por Resolución S.T. Nº 902/07 y registrado bajo el Nº 897/07 'E', conforme surge de fojas 64/66 y 68 vuelta, respectivamente.

Que por su parte, a fojas 74/76 obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO, el cual da cuentas...

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