Resolución 98.

Fecha de disposición08 Abril 2016
Fecha de publicación08 Abril 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Resolución 98/2016

Bs. As., 12/02/2016

VISTO el Expediente N° 1.666.751/15 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en las actuaciones de referencia tramita la solicitud de homologación del Acuerdo suscripto, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo N° 538/03 "E", entre la FEDERACIÓN DE OBREROS, EMPLEADOS Y ESPECIALISTAS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (F.O.E.E.S.I.T.R.A.), y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA, obrante a fojas 2 de autos, conforme lo previsto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del mentado Acuerdo las partes pactan la actualización de los valores correspondientes al denominado "adicional por experiencia", previsto en la cláusula octava del instrumento que suscribieran las partes y que fuera oportunamente homologado mediante Resolución ST N° 1991/14 de fecha 22 de octubre de 2014, conforme los detalles allí impuestos.

Que el ámbito de aplicación del instrumentos cuya homologación se persigue, se corresponde con la actividad de la empleadora signataria, como así con los ámbitos de representación personal y actuación territorial de la Entidad Sindical, emergentes de su Personería Gremial.

Que procede así indicar que se encuentran cumplimentados los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que de las cláusulas pactadas no surge contradicción con el Orden Público Laboral.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación del referido instrumento.

Que una vez ello, procede remitir las actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a los fines de evaluar la procedencia de practicar en autos el cálculo de la Base Promedio de Remuneraciones y Topes Indemnizatorios, conforme lo dispuesto por el Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA

DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Declarar homologado el Acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN DE OBREROS, EMPLEADOS Y ESPECIALISTAS DE LOS...

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