Resolución 974.

Fecha de disposición04 Noviembre 2016
Fecha de publicación04 Noviembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 974/2016

Buenos Aires, 01/11/2016

VISTO el Expediente N° ANC:0012370/2015 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, los Documentos de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) Nros. 9137 AN/898 - "Manual de Servicios de Aeropuertos" (su Parte 7); 9376 AN/914 - "Preparación de un manual de operaciones"; 9859 AN/474 - "Manual de Gestión de la Seguridad Operacional (SMM)"; 9973 - "Manual sobre asistencia a las víctimas de accidentes de aviación y sus familiares" y 9998 AN/499 - "Política de la OACI sobre asistencia a las víctimas de accidentes de aviación y sus familiares"; las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC) y la Resolución ANAC N° 505 de fecha 30 de junio de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007 establece que la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) ejerce, entre otras facultades, las acciones necesarias competentes a la autoridad aeronáutica derivadas del Código Aeronáutico, las Regulaciones Aeronáuticas, los Convenios y Acuerdos Internacionales y demás normativas y disposiciones vigentes, tanto nacionales como internacionales.

Que resulta necesario determinar, a nivel nacional, las acciones y funciones de los distintos organismos intervinientes en una emergencia aérea o contingencia que derive de un accidente de aviación civil, según sus propios ámbitos de aplicación.

Que ante un siniestro de estas características, es imprescindible obtener y colectar toda la información posible acerca de la contingencia o emergencia aérea e informar la situación de manera objetiva y veraz a las autoridades nacionales, provinciales, municipales y extranjeras, según corresponda, a los explotadores de transporte aerocomercial, a los familiares de las víctimas y a los medios de comunicación.

Que la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) insta a los Estados a estudiar, elaborar y aplicar reglamentos y programas para dar adecuada respuesta a una emergencia aérea, la que, entre otros aspectos, contemple el apoyo y asistencia a las víctimas de accidentes de aviación civil y sus familiares.

Que conforme la política de la OACI sobre el tema, tales reglamentos y programas exigen cooperación tanto en la planificación como en la respuesta entre los distintos actores que...

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