Resolucion 967

Fecha de disposición12 Febrero 2007
Fecha de publicación12 Febrero 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31093

Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta, ratificando el acuerdo en todos sus términos.

Que en razón de lo expuesto, procede la homologación del mismo, el que será como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.

Que de requerir cualquiera de las partes la homologación administrativa en el marco del artículo 15 de la Ley N° 20.744, es necesario que los trabajadores manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (S.E.C.L.O.), conforme lo prevé la Ley N° 24.635.

Que, la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJO RESUELVE:

ARTICULO 1°

Homologar el Acuerdo suscripto entre la firma CASA SARMIENTO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y el SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL, obrante a fojas 217/219, del expediente N° 1.192.522/06.

ARTICULO 2°

Registrar la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION.

Cumplido ello, pase a la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos a fin que registre el Acuerdo citado obrante a fojas 217/219, del expediente N° 1.192.522/06.

ARTICULO 3°

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4°

Cumplido, gírese al Departamento Control de Gestión para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5°

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6°

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente N° 1.192.522/06

Buenos Aires, 27 de Diciembre de 2006

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST 968/06, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 217/219 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 901/06. -VALERIAANDREA VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Expediente N° 1.192.522/06

Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo.

En la ciudad de Buenos Aires o los 15 días del mes de noviembre de dos mil seis, siendo las 16:30 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL -- DIRECCION NACIONAL RELACIONES DEL TRABAJO, ante mí, Dr. MAURICIO J. RIAFRECHA VILLAFANE, Secretario de Relaciones Laborales del Departamento de Relaciones Laborales N° 1, la Sra.

VERONICA GÜNTHER, DNI 24.628.354, en representación de la firma CASA SARMIENTO S.R.L.

asistida por la Dra. LILIANA DELIAARIAS T° 48 F° 306 CPACF, por una parte y por la otra lo hace el Sr.

LEON RUIZ DIAZ, Secretario de Asuntos Gremiales, por el SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL, asistido por el Dr. DANIEL YEDRO T° 52 F° 582 CPACF, constituyendo domicilio especial en Moreno 625 de Capital Federal, quienes asisten al presente acto.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, y en virtud del dictamen de fs. 215/216 se concede el uso de la palabra a la representación empresarial quien MANIFIESTA: Que vista la grave situación que atraviesa la empresa, y a tenor de las perspectivas futuras acorde a la documentación que se acompaña en el expediente, y que la representación gremial ha tenido la posibilidad de conocer en profundidad, se ha visto en la imperiosa necesidad de iniciar las presentes actuaciones. Que es voluntad de la empresa que las medidas a tomar permitan conservar la fuente de trabajo, y por lo tanto evitar que como en la actualidad, se vea comprometida la subsistencia de la misma, dado que a raíz de la decisión de la multinacional IBM, se ha visto gravemente impactada la principal y excluyente actividad comercial de la empresa, en virtud de sus compromisos contractuales con IBM que implicaban la exclusividad en su desarrollo comercial. Todo lo antedicho ha decido a la empresa a presentarse ante la autoridad de aplicación para encuadrar las medidas a tomar en el orden laboral, a tenor de la normativa legal vigente.

Acto seguido toma la palabra el Sector Gremial quien MANIFIESTA: Que anoticiada la representación gremial, de la iniciación del presente Procedimiento Preventivo de Crisis y de la situación planteada por la Empresa, sin reconocer hechos ni derechos y sin perjuicio de que la Representación Gremial ha rechazado enfáticamente que la situación se ajuste estrictamente a lo invocado por el Sector Empresario, rechazando, a todo evento, que tal hipotética situación justifique la decisión empresaria de disminuir puestos de trabajo y reestructurar los salarios de los trabajadores, la Representación Gremial ha expresado su más amplia predisposición para colaborar en la búsqueda de soluciones alternativas, en la medida en que las mismas tengan como objetivo fundamental, proveer a la viabilidad de la actividad productiva y comercial de la Empresa, tendiendo al mismo tiempo a la preservación de los actuales niveles de empleo. A estos efectos, las partes han mantenido reuniones de trabajo, en las que se debatieron ampliamente las cuestiones reseñadas en este considerando.

Acto seguido, teniendo en cuenta las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR