Resolución 96. RESOL-2019-96-APN-D#ARN
Fecha de disposición | 28 Marzo 2019 |
Fecha de publicación | 28 Marzo 2019 |
Sección | Resoluciones |
AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución 96/2019
RESOL-2019-96-APN-D#ARN
Ciudad de Buenos Aires, 26/03/2019
VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98; la Norma AR 8.11.1: "Permisos Individuales para el Empleo de Material Radiactivo o Radiaciones Ionizantes en Seres Humanos"; el trámite de solicitud de Permiso Individual del Doctor Miguel Ángel AGUSTINI; lo actuado por la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS en el Expediente 03240-IN, Actuación 03/18, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio. Asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c) establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias, Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.
Que el Doctor Miguel Ángel AGUSTINI ha presentado la documentación para la renovación del Permiso Individual N° 18094/0/3 para el propósito "Uso de Fuentes Radiactivas No Selladas en Estudios Diagnósticos", cuyo vencimiento operó el 28 de octubre de 2016.
Que la Norma AR 8.11.1 "Permisos Individuales para el Empleo de Material Radiactivo o Radiaciones Ionizantes en Seres Humanos", Revisión 2, establece en el Criterio 22 que:
"El médico que desee renovar un permiso individual debe iniciar la pertinente tramitación ante la Autoridad Regulatoria sesenta (60) días antes de la fecha de vencimiento establecida en el permiso. Asimismo deberá acreditar que:
a. Durante la vigencia del permiso se ha desempeñado efectivamente en la práctica indicada en el mismo.
b. Cuenta con antecedentes curriculares y con una adecuada actualización en la práctica contemplada en el permiso a renovar, incluyendo aspectos de protección radiológica asociados a la misma."
Que el Criterio 24 de la Norma establece que: "El médico que no haya cumplido...
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