Resolución 96-E.

Fecha de disposición10 Mayo 2017
Fecha de publicación10 Mayo 2017
SecciónResoluciones

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES

Resolución 96-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 06/04/2017

VISTO el Expediente N° 1.751.263/2017 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 12.713, la Resolución del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 320 de fecha 5 de octubre de 1989 y la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 791 de fecha 26 de julio de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 12.713 se estableció el Régimen de Trabajo a Domicilio.

Que por Resolución del entonces MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 320 de fecha 5 de octubre de 1989 se instituyó la Octava Comisión de Salarios de Trabajo a Domicilio para la Industria del Calzado.

Que por Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 791 de fecha 26 de julio de 2007 se dispuso que la Octava Comisión de Salarios de Trabajo a Domicilio para la Industria del Calzado funcione en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES, facultándola a adoptar todas las medidas conducentes para la integración y funcionamiento de la misma y a dictar las resoluciones complementarias para el cumplimiento de su cometido.

Que la Autoridad de Aplicación ha seleccionado los nuevos funcionarios que tendrán a su cargo las funciones de Presidente, Presidente Alterno y Secretario de la Octava Comisión de Salarios de Trabajo a Domicilio para la Industria del Calzado.

Que, asimismo, mediante sus respectivas presentaciones las partes han propuesto a sus representantes para la integración de la mencionada Comisión.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 2° de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 791 de fecha 26 de julio de 2007.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE RELACIONES LABORALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

La Octava Comisión de Salarios de Trabajo a Domicilio para la Industria del Calzado instituidas por el artículo 3° de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 320/89 quedarán...

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