Resolución 96/2021

Fecha de publicación14 Diciembre 2021
SecciónResoluciones
EmisorDEFENSORÍA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL


Ciudad de Buenos Aires, 09/12/2021

VISTO el Expediente Nº 141/2021 del Registro de esta DEFENSORIA DEL PÚBLICO DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL, el Decreto Nº 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, la Resolución DPSCA Nº 32 de fecha 24 de mayo de 2013, la Resolución DPSCA Nº 66 de fecha 27 de diciembre de 2018, la Resolución DPSCA Nº 15 de fecha 17 de febrero de 2021, la Resolución DPSCA Nº 85 de fecha 26 de octubre de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el dictado de la Resolución DPSCA Nº 32 de fecha 24 de mayo de 2013 se aprobó el Reglamento de Compras y Contrataciones de Obras, Bienes y Servicios reglamentario del Decreto Nº 1.023/2001, y aplicable en el ámbito de ésta Defensoría del Público.

Que por el artículo 2º y el Anexo II de la precitada Resolución, se establecieron las autoridades competentes para el dictado de los actos administrativos de los procedimientos de compras y contrataciones, según lo dispone el artículo 25 del Anexo I de la Resolución DPSCA Nº 32/2013.

Que asimismo, el artículo 56 de dicha Reglamentación estableció las escalas para encuadrar los procedimientos de selección, cuando el monto estimado sea el parámetro para elegir el mismo.

Que la DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA, advirtió la necesidad de actualizar los montos asignados para la fijación de las competencias para el dictado de los actos administrativos referidos en el artículo 25 de la Reglamentación, así como de modificar los importes para elegir los distintos procedimientos de selección, ello con la finalidad de otorgar mayor flexibilidad y rapidez a la gestión de las contrataciones, coadyuvando con ello a un uso inteligente de los recursos públicos.

Que tales decisiones contribuirán a una mejor política de compras y contrataciones, en el entendimiento de que las modificaciones propuestas, facilitarán que los bienes, obras y/o servicios sean obtenidos en el momento oportuno y con mayor celeridad, conforme las disposiciones y principios generales previstos en el Régimen General de Contrataciones.

Que finalmente, la referida DIRECCIÓN GENERAL entiende que la medida proyectada permitirá adecuar la normativa general a las actuales condiciones económicas en virtud de las variaciones de precios relativos y en tanto las escalas establecidas no han sido modificadas desde el año 2018.

Que la DIRECCION GENERAL ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN LEGAL Y TÉCNICA han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 19...

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