Resolución 956/2019

Fecha de publicación05 Diciembre 2019
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 29/07/2019

VISTO el Expediente Nº 1.797.440/18 del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 24.013, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y

CONSIDERANDO:

Que la firma FAURECIA SISTEMAS DE ESCAPE ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA celebra cuatro acuerdos directos con el SINDICATO DE MECÁNICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

Que el primero de ellos obra a fojas 2/3, junto a su nómina de personal afectado obrante a fojas 4/7 del Expediente N°1.797.440/18.

Que el segundo de ellos, obra a fojas 56/57, junto a su nómina de personal afectado obrante a fojas 58/60, oportunamente presentado en el EX-2018-53658537-APN-DGDMT#MPYT, agregado en el Expediente N° 1.797.440/18.

Que el tercero de ellos, obra a fojas 88/89, junto a su nómina de personal afectado obrante a fojas 90/92, oportunamente presentado en el EX-2018-61059569-APN -DGDMT#MPYT, agregado en el Expediente N° 1.797.440/18.

Que el cuarto de ellos, obra a fojas 103/104, junto a su nómina de personal afectado obrante en fojas 105/107, oportunamente presentado en el EX-2018-61060231-APN-DGDMT#MPYT, agregado en el Expediente N° 1.797.440/18.

Que en dichos textos las partes acuerdan suspensiones para los trabajadores en los términos del Art. 223 bis de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).

Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta en autos.

Que en razón de lo expuesto, procede la homologación de los mismos, los que serán considerados como acuerdos marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.

Que por último, deberá hacérsele saber que de requerir cualquiera de las partes la homologación administrativa en el marco del Artículo 15 de la Ley N° 20.744, es necesario que los trabajadores manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la Autoridad Administrativa competente.

Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis toma la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO – 2019 – 35 – APN – PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo y nómina del personal afectado...

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