Resolución 951/2020

Fecha de publicación31 Agosto 2020
SecciónResoluciones
EmisorSUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD


Ciudad de Buenos Aires, 26/08/2020

VISTO el Expediente Nº EX-2019-94717173-APN-GAJ#SSS y las Resoluciones Nº 490 del 10 de septiembre de 1990 del ex INSTITUTO NACIONAL DE OBRAS SOCIALES y Nº 517 del 11 de diciembre de 2002 de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD; y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO, la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE ESCRIBANÍAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (R.N.O.S. Nº 1-0690-6) solicita la baja del Plan para Beneficiarios Adherentes.

Que al efecto, acompaña copia certificada del Acta Nº 624 de fecha 26/09/2019, por la cual el Consejo Directivo de la entidad aprueba, por unanimidad, dar de baja el plan en cuestión de manera de no incorporar más beneficiarios bajo esa modalidad.

Que por la Resolución Nº 517 de fecha 11 de diciembre de 2002, este Organismo aprobó el Plan para Beneficiarios Adherentes del Agente del Seguro de Salud, en el marco de la Resolución Nº 490/1990-INOS, que establecía que las Obras Sociales podían optar por incorporar en carácter de adherentes, a aquellas personas no incluidas obligatoriamente en ellas, presentando previamente ante este Organismo los planes respectivos.

Que la Gerencia de Sistemas de Información precisa que de acuerdo al padrón correspondiente al período marzo de 2020, la entidad registra un total de once (11) beneficiarios adherentes (IF-2020-39108299-AGN-GSI#SSS); en tanto, la Coordinación de Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga señala que no obran constancias de inscripción del Agente del Seguro de Salud en el Registro Nacional de Entidades de Medicina Prepaga - R.N.E.M.P. (IF-2020-37655212-APN-SG#SSS).

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos no formula objeciones a lo solicitado por la Obra Social atento el carácter...

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