Resolución 950/2020

Fecha de publicación08 Septiembre 2020
SecciónResoluciones
EmisorENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES


Ciudad de Buenos Aires, 04/09/2020

VISTO el Expediente EX-2020-56093538-APN-SDYME#ENACOM del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES; la Ley N° 27.078; el Decreto N° 267 del 29 de diciembre de 2015 y las Resoluciones N° 2.642 del 17 de mayo de 2016, N° 8.770 del 7 de diciembre de 2016 y Nº 477 del 31 de mayo de 2020, Nº 721 del 29 de junio de 2020 y Nº 726 del 30 de junio de 2020 todas del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM); el IF-2020-58977625-APN-SD#ENACOM y

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto N° 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes N° 27.078 y N° 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que por la Resolución ENACOM N° 2.642 de fecha 17 de mayo de 2016 se aprobó el REGLAMENTO GENERAL DEL SERVICIO UNIVERSAL, y el mismo se modificó mediante la Resolución ENACOM N° 8.770 de fecha 7 de diciembre de 2016 y la Resolución ENACOM Nº 477 del 31 de mayo de 2020 y se sustituyó mediante la Resolución ENACOM Nº 721 del 29 de junio de 2020.

Que en el Artículo 19 del mencionado Reglamento se establecen las categorías en que deberán agruparse los programas del Servicio Universal determinando, entre otras, “a) Acceso y prestación de servicios de TIC a grupos de usuarios que por sus necesidades sociales especiales o por características físicas, económicas, o de otra índole, tengan limitaciones de acceso a los servicios, independientemente de su localización geográfica”.

Que, con dicho objetivo, el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES dictó el 30 de junio de 2020 la Resolución Nº 726 que aprobó el “PROGRAMA para el DESARROLLO DE INFRAESTRUCTURA PARA INTERNET DESTINADO a villas y asentamientos inscriptos en el REGISTRO NACIONAL DE BARRIOS POPULARES EN PROCESO DE INTEGRACIÓN URBANA (RENABAP)”, creado por Decreto Nº 358/2017, financiado a través de Aportes No Reembolsables, que tiene como Anexo el documento registrado en el IF-2020-39858951-APN-DNFYD#ENACOM del GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES.

Que, a la luz de las características singulares de los barrios beneficiados, resulta imprescindible elaborar un Pliego de Bases y Condiciones que considere dichas especificidades en pos de la mayor eficacia de los objetivos del Programa bajo las pautas normativas...

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