Resolución 95/2023

Fecha de publicación03 Marzo 2023
SecciónResoluciones
EmisorJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO


Ciudad de Buenos Aires, 01/03/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-69758308-APN-CGDS#JGM del Registro de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, la Ley del Sistema de Protección Integral de los Discapacitados N° 22.431 y sus modificatorios, la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, el Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto Nº 214 de fecha 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, las Decisiones Administrativas Nros. 449 de fecha 7 de mayo de 2021 prorrogada por su similar 1086 de fecha 1° de noviembre de 2022, y 4 de fecha 9 de enero de 2023 y la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 39 de fecha 18 de marzo 2010 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Decisión Administrativa N° 449 de fecha 7 de mayo de 2021, prorrogada por el artículo 5° de la Decisión Administrativa N° 1086 de fecha 1° de noviembre de 2022, se incorporaron y asignaron cargos vacantes a la planta permanente de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA con el fin de proceder a la cobertura de cargos vacantes y financiados, mediante los correspondientes procesos de selección de personal a realizarse con carácter de excepción al artículo 7° de la Ley N° 27.591.

Que por la Ley N° 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 9 de enero de 2023.

Que el ingreso de personal al régimen de estabilidad sólo procede mediante la sustanciación de los correspondientes procesos de selección, conforme lo disponen los artículos y del Anexo a la Ley Nº 25.164, los artículos concordantes de su Decreto Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios y los artículos 11, 19, 51, 56 y 57 del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto Nº 214 de fecha 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, aplicables también para la promoción del personal permanente a...

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