Resolución 948/2019

Fecha de publicación23 Octubre 2019
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - SECRETARÍA DE TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 26/07/2019

VISTO el EX-2018-42443836- -APN-DRRO#MT del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 24.013, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa OMAR Y VILANOVA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA solicitó el inicio del Procedimiento Preventivo de Crisis previsto en el Capítulo VI, Título III, de la Ley Nacional de Empleo Nº 24.013.

Que celebradas distintas audiencias, la mentada empleadora arriba a un acuerdo con el CENTRO DE EMPLEADOS Y OBREROS DEL COMERCIO DE CHABAS PROVINCIA DE SANTA FE, el que obra en el IF-2018-61150497-APN-DNRYRT#MPYT, ratificado en el IF-2018-61161717-APN-DNRYRT#MPYT.

Que asimismo, el acuerdo de referencia ha sido ratificado por la FEDERACIÓN ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS (FAECYS), conforme surge del IF-2019-07778734-APN-DNRYRT#MPYT.

Que cabe señalar que el listado de personal afectado se encuentra en el IF-2018-61161480-APN-DNRYRT#MPYT.

Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta, ratificando el texto pactado en todos sus términos.

Que en razón de lo expuesto, procede la homologación del acuerdo, el que será considerado como acuerdo marco de carácter colectivo, sin perjuicio del derecho individual del personal afectado.

Que por último, deberá hacerse saber que de requerir cualquiera de las partes la homologación administrativa en el marco del Artículo 15 de la Ley N° 20.744, es necesario que los trabajadores manifiesten su conformidad en forma personal y ello deberá tramitar ante la Autoridad Administrativa competente.

Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO-2019-35-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Declárase homologado el acuerdo suscripto entre la empresa OMAR Y VILANOVA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA y el CENTRO DE EMPLEADOS Y OBREROS DEL COMERCIO DE CHABAS PROVINCIA DE SANTA FE obrante en el IF-2018-61150497-APN-DNRYRT#MPYT del EX-2018-42443836- -APN-DRRO#MT, conjuntamente con la nómina del...

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