Resolución 94/2020
Fecha de publicación | 22 Abril 2020 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL |
Ciudad de Buenos Aires, 21/04/2020
VISTO el Expediente N° EX-2020-27023966- -ANSES-DPAYT#ANSES del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES); los Decretos Nros. 260 del 12 de marzo de 2020 y su modificatorio, 287 del 17 de marzo de 2020, 297 del 19 de marzo de 2020, 325 del 31 de marzo de 2020, 355 del 11 de abril de 2020 y sus normas complementarias; la Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros N° 390 del 16 de marzo de 2020; la Resolución de esta Administración Nacional de la Seguridad Social Nº 135 del 22 de mayo de 2019, la Resolución de la Secretaría de Gestión y Empleo Público Nº 3 del 13 de marzo de 2020; y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 260/20 se amplió la emergencia pública en materia sanitaria, establecida por la Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año, en virtud de la pandemia de COVID-19 declarada con fecha 11 de marzo del corriente año por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS).
Que a través del Decreto N° 297/20, se estableció una medida de aislamiento social, preventivo y obligatorio, desde el 20 hasta el 31 de marzo de 2020, con el fin de proteger la salud pública.
Que mediante el Decreto N° 355/20 se prorrogó, hasta el día 26 de abril de 2020 inclusive, la vigencia del Decreto N° 297/20, prorrogado a su vez por el Decreto N° 325/20.
Que la Resolución N° 3/20 de la Secretaría de Gestión y Empleo Público de la Jefatura de Gabinete de Ministros, estableció que el titular de cada jurisdicción, entidad u organismo, deberá determinar las áreas esenciales o críticas de prestación de servicios indispensables para la comunidad, a efectos de asegurar su cobertura permanente en el supuesto del avance de la pandemia.
Que la Decisión Administrativa de la Jefatura de Gabinete de Ministros N° 390/20, establece que el personal afectado a tareas en áreas esenciales o críticas o de prestación de servicios indispensables, deberá prestar servicio ya sea de forma presencial o remota, según el criterio que en cada caso establezcan las autoridades superiores de las jurisdicciones, entidades y organismos.
Que en el marco de la emergencia sanitaria y de la situación epidemiológica actual, resulta necesario implementar acciones y políticas para el adecuado cumplimiento de las recomendaciones dispuestas por la autoridad sanitaria nacional, pero brindando a la ciudadanía, en el marco de las posibilidades, la atención para la gestión de las prestaciones y servicios que se estimen prioritarias en virtud de los...
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