Resolucion 914
Fecha de publicación | 21 Septiembre 2007 |
Fecha de disposición | 21 Septiembre 2007 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31244 |
Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas y Archivo dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo, a fin de que la División Normas Laborales y Registro General de Convenciones Colectivas y Laudos registre el presente acto administrativo.
Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.
Gírese al Departamento de Control de Gestión de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo para la notificación a las partes signatarias, posteriormente procédase a la guarda del presente legajo.
Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.
Expediente N° 1.184.341/06
Buenos Aires, 22 de agosto de 2007
De conformidad con lo ordenado en la Resolución ST N° 913/07, se ha tomado razón de la rectificación del artículo primero de la Resolución ST N° 337/07, quedando registrado con el número 1009/ 07. -- VALERIAA. VALETTI, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 914/2007
Registro Nº 1016/07
Bs. As., 17/8/2007
VISTO el Expediente Nº 1.161.454/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 458 de fecha 27 de julio de 2006 y CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 del Expediente Nº 1.161.454/06 obra el acuerdo pactado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA DEL GAS CAPITAL Y GRAN BUENOS AIRES y la empresa GAS NATURAL BAN SOCIEDAD ANONIMA, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 687/05 'E' conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que el acuerdo precitado fue homologado por Resolución S.T. Nº 458/06 y registrado bajo el Nº 464/06, conforme surge de fojas 38/40 y 42 vuelta, respectivamente.
Que las escalas salariales que surgen del acuerdo fueron presentadas a fojas 67 del Expediente Nº 1.161.454/06, por ambas partes.
Que por su parte, a fojas 72/74 obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Regulaciones del Trabajo dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO, el cual da cuentas del cálculo de la base promedio mensual y el tope indemnizatorio correspondiente.
Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba