Resolucion 914

Fecha de disposición09 Febrero 2007
Fecha de publicación09 Febrero 2007
SecciónResoluciones
Número de Gaceta31092

AVISOS OFICIALES Anteriores PRESIDENCIA DE LA NACION COMITE NACIONAL DE RADIODIFUSION EDICTO DE NOTIFICACION (art. 42 del DECRETO N° 1759/72) Notifíquese a la empresa EUFONIA S.R.L., que en el Expediente N° 1409-COMFER/93, se ha dictado la RESOLUCION N° 2496/COMFER/06 de fecha 18/12/06, que en su parte resolutiva dice:

ARTICULO 1º

Declárase la caducidad de la licencia concedida mediante Resolución N° 115COMFER/81, a la empresa EUFONIA S.R.L., para la instalación, funcionamiento y explotación de un circuito cerrado comunitario de audiofrecuencia, posteriormente ampliado con un circuito codificado de audiofrecuencia por Resolución Nº 844/COMFER/94, y N° 1162/COMFER/96, en la localidad de RIO TERCERO, provincia de CORDOBA.

ARTICULO 2°

Determínase la pérdida para la licenciataria, del depósito de garantía correspondiente a la solicitud de licencia tramitada en el expediente citado en el VISTO.

ARTICULO 3°

Dése intervención a la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, para la pertinente cancelación de la reserva de canales efectuada. -- Fdo.: Lic. JULIO D. BARBARO, Interventor del Comité Federal de Radiodifusión.

e. 8/2 N° 537.231 v. 12/2/2007 CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución N° 914/2006

Registro N° 858/2006

Bs. As., 11/12/2006

VISTO el Expediente N° 98.438/05 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley N° 25.877, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 18/20 del Expediente N° 98.438/05, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO OBREROS EMPACADORES DE FRUTA DE RIO NEGRO Y NEUQUEN (S.O.E.F.R.N. y N) por la parte gremial y la CAMARA ARGENTINA DE FRUTICULTORES INTEGRADOS (C.A.F.I.) por la empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el Acuerdo citado se encuentra homologado bajo Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO N° 484, de fecha 8 de agosto de 2006 y registrado con el número 497/06, conforme copia que surge de fojas 61/63.

Que por su parte, a foja 69 se encuentra calculada la base promedio mensual y el tope indemnizatorio pertinente, encontrándose las partes signatarias a fojas 73/77 notificadas del cálculo respectivo.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le imponen al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar los promedios de las remuneraciones y los topes indemnizatorios aplicables...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR