Resolución 91/2020

Fecha de publicación16 Abril 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTE


Ciudad de Buenos Aires, 15/04/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-08997811- -APN-SSTA#MTR, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92), las Leyes N° 19.032, Nº 23.966 (T.O. 1998), N° 24.013, N° 24.241, N° 24.714, N° 25.031, Nº 27.430 y N° 27.541, los Decretos N° 976 de fecha 31 de julio de 2001, N° 1377 de fecha 1° de noviembre de 2001, N° 652 de fecha 19 de abril de 2002, N° 678 de fecha 30 de mayo de 2006, N° 449 de fecha 18 de marzo de 2008, Nº 1122 de fecha 29 de diciembre de 2017, Nº 301 de fecha 13 de abril de 2018 y N° 14 de fecha 3 de enero de 2020, las Resoluciones N° 168 de fecha 7 de diciembre de 1995 de la entonces SECRETARÍA DE TRANSPORTE del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, N° 37 de fecha 13 de febrero de 2013, N° 39 de fecha 5 de febrero de 2014, N° 1905 de fecha 24 de septiembre de 2015 y N° 2791 de fecha 2 de diciembre de 2015 todas ellas del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, la Resolución General N° 4257 de fecha 31 de mayo de 2018 de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, organismo autárquico actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, N° 66 de fecha 8 de mayo de 2019 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE, N° 1144 de fecha 27 de diciembre de 2018, N° 529 de fecha 28 de agosto de 2019, N° 704 de fecha 11 de noviembre de 2019 y N° 789 de fecha 5 de diciembre de 2019 todas ellas del MINISTERIO DE TRANSPORTE; y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 1377 de fecha 1° de noviembre de 2001 creó el SISTEMA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE (SIT) y designó al MINISTERIO DE TRANSPORTE como su Autoridad de Aplicación, quien tendrá a su cargo la formulación de políticas, criterios y procedimientos para la determinación de necesidades de inversión, tanto en obras como en operación y/o mantenimiento, la percepción de las tasas viales y la regulación de dicho sistema.

Que el Decreto N° 652 de fecha 19 de abril de 2002 modificó la estructura del SISTEMA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE (SIT), y a través de su artículo 4° se estableció el régimen de compensaciones tarifarias al sistema de servicio público de transporte automotor de pasajeros de áreas urbanas y suburbanas, denominado SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SISTAU).

Que por los artículos y del Decreto N° 678 de fecha 30 de mayo de 2006 se estableció, con carácter transitorio, el RÉGIMEN DE COMPENSACIONES COMPLEMENTARIAS (RCC) al SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SISTAU), destinado a compensar los incrementos de costos incurridos por las empresas de servicios de transporte público de pasajeros por automotor de carácter urbano y suburbano que presten servicios dentro del ámbito geográfico determinado por el artículo 2° de la Ley N° 25.031 y en las unidades administrativas establecidas por la Resolución N° 168 de fecha 7 de diciembre de 1995 de la entonces SECRETARÍA DE TRANSPORTE del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, modificadas en último término por la Resolución N° 66 de fecha 8 de mayo de 2019 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que, por su parte, el Decreto N° 1122 de fecha 29 de diciembre de 2017 tuvo por consolidados los objetivos tenidos oportunamente en consideración para el dictado del Decreto N° 678/06, y facultó al MINISTERIO DE TRANSPORTE a destinar los recursos del Presupuesto General para que se transfieran al Fideicomiso creado por el artículo 12 del Decreto N° 976 de fecha 31 de julio de 2001, con el objeto de afrontar de manera complementaria o integral las obligaciones que se generen en el marco del SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SISTAU) y del RÉGIMEN DE COMPENSACIÓN COMPLEMENTARIA PROVINCIAL (CCP), en los términos del artículo 4° del Decreto Nº 652/02 y del artículo 2° del Decreto Nº 1488 de fecha 26 de octubre de 2004, y sus normas concordantes y complementarias, a los fines de dar estabilidad a la distribución de los recursos del mencionado Fideicomiso así como para asegurar el correcto financiamiento del SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE AUTOMOTOR (SISTAU) y de la COMPENSACIÓN COMPLEMENTARIA PROVINCIAL (CCP), conforme surge de los considerandos del decreto de marras.

Que el artículo 3° de la Resolución N° 37 de fecha 13 de febrero de 2013 del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE aprobó la METODOLOGÍA DE CÁLCULO DE COSTOS DE EXPLOTACIÓN DEL TRANSPORTE URBANO Y SUBURBANO DE PASAJEROS POR AUTOMOTOR DE JURISDICCIÓN NACIONAL DE LA REGIÓN METROPOLITANA DE BUENOS AIRES.

Que el artículo 1° de la Resolución N° 39 de fecha 5 de febrero de 2014 del ex MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE estableció que a partir del 1° de febrero de 2014, la información respecto de kilómetros recorridos por unidades vehiculares recolectada por el Módulo de Posicionamiento Global (GPS) del SISTEMA ÚNICO DE BOLETO ELECTRÓNICO (S.U.B.E.) será utilizada en la asignación de los cupos de gasoil y para ajustar...

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