Resolucion 909
Fecha de disposición | 21 Septiembre 2007 |
Fecha de publicación | 21 Septiembre 2007 |
Sección | Resoluciones |
Número de Gaceta | 31244 |
Seguidamente y sin perjuicio de los temas pendientes, LAS PARTES ACUERDAN:
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-) La actual Intervención aplicará un incremento salarial del 16,5%, haciéndolo retroactivo al mes de mayo del corriente año. Dicho porcentual será calculado sobre la masa salarial correspondiente a todos los Agentes comprendidos por el CCT 3/75 'E', aplicándose mayormente dicho incremento sobre los salarios básicos correspondientes a cada categoría.
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-) Que atento el costo real y actual del servicio comprendido en el concepto salarial TRANSPORTE ESCOLAR, la actual Intervención actualizará el importe del precitado concepto llevándolo de SESENTA PESOS ($ 60.-) a OCHENTA PESOS ($ 80.-). Dicha actualización se hará efectiva a partir del 1 de julio del corriente año.
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-) La Intervención designará en planta permanente a partir del 01/07/2007, a todos aquellos agentes comprendidos en el C.C.T. 3/75 'E' que tengan un año de antigüedad en la Empresa.
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-) La empresa no hará ningún descuento salarial a aquellos trabajadores que hayan acreditado la certificación médica sobre la efectiva realización de la práctica quirúrgica invocada, ante el área de Medicina Laboral de la Empresa.
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-) Asimismo y en relación al Acta de fecha 11/08/05 --punto 4º-- relacionado con el pago de Gas y Energía Eléctrica a Jubilados de la Empresa, se aclara que el mismo no se hará extensivo a Agentes que se pudieran haber acogido a cualquier régimen de retiro voluntario que fuera oportunamente implementado y/o a aquellos con los que se produjo la extinción del vínculo laboral (a excepción de la jubilación). Es decir, que les serán solamente reconocidos a aquellos Agentes que dejaren de prestar sus servicios en la Empresa para acogerse al beneficio del régimen jubilatorio.
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-) Las partes solicitan la homologación del presente Acuerdo.
Sin más, siendo las 17:30 horas, leída y RATIFICADA la presente acta Acuerdo los comparecientes firman al pie en señal de plena conformidad ante mí que así lo certifico.
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL SECRETARIA DE TRABAJO Resolución Nº 909/2007
Registro Nº 1000/07
Bs. As., 15/8/2007
VISTO el Expediente Nº 1.183.852/06 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 662 de fecha 10 de julio de 2007 y CONSIDERANDO:
Que a fojas 4 del Expediente Nº 1.183.852/06 obran las escalas...
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