Resolución 908/2021

Fecha de publicación14 Diciembre 2021
SecciónResoluciones
EmisorJEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS


Ciudad de Buenos Aires, 10/12/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-118477671- -APN-DGDYD#JGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios, la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, y el Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que por el Decreto N° 781 del 10 de noviembre de 2021 se aceptó, a partir del 18 de octubre de 2021, la renuncia presentada por la Doctora María Elisa CATANI (D.N.I. N° 24.040.432) al cargo de Subsecretaria Legal de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que mediante el Expediente N° EX-2021-102800812- -APN-DGDYD#JGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS tramita la designación en el cargo de Subsecretario Legal de la citada Secretaría, a partir del 1° de noviembre de 2021, del Doctor Nicolás Alejandro HAUCKE (D.N.I. N° 36.153.189).

Que, en consecuencia, y hasta tanto se suscriba la correspondiente designación que tramita por el Expediente indicado en el considerando precedente, debe garantizarse la continuidad de la atención de las tareas que se llevan a cabo en la referida unidad organizativa, las que conllevan la atención de diversos trámites que tienen previstos plazos administrativos y judiciales.

Que el artículo 2º del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017 establece que: “El Jefe de Gabinete de Ministros, los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y órganos directivos de entes descentralizados podrán dirigir o impulsar la acción de sus inferiores jerárquicos mediante órdenes, instrucciones, circulares y reglamentos internos, a fin de asegurar la celeridad, economía, sencillez y eficacia de los trámites, delegarles facultades; intervenirlos; y avocarse al conocimiento y decisión de un asunto a menos que una norma hubiere atribuido competencia...

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