Resolución 903/1/2019

Fecha de publicación30 Septiembre 2019
SecciónResoluciones
EmisorCONSEJO PROFESIONAL DE INGENIERÍA INDUSTRIAL


30/01/2019

Visto el Decreto-Ley 6070/58, legislación concordante, y jurisdisprudencia aplicable.

Considerando,

Que es necesario ordenar adecuadamente el ejercicio profesional de los matriculados con morosidad registrados en este Consejo Profesional de Ingeniería Industrial, conforme a la legislación vigente en la materia.

Que el ejercicio profesional de la Agrimensura, Agronomía, Arquitectura e Ingeniería y profesiones afines se encuentra regulado en el orden nacional por el Decreto Ley 6070/58 - Ley 14467, en particular las facultades contempladas en los Artículos 15 y 34, y demás normas regulatorias complementarias.

Que el Consejo Profesional de Ingeniería Industrial es competente para expedirse sobre el particular acorde a las atribuciones que le otorga dicho Decreto Ley 6070/58.

Por ello,

El Consejo Directivo del Consejo Profesional de Ingeniería Industrial

RESUELVE:

Art. 1.- Atento a la morosidad de los profesionales matriculados en este Consejo Profesional de Ingeniería Industrial, con fundamento en los artículos 15 y 34 del Decreto-Ley 6070/58, se suspende en el ejercicio profesional a aquellos que registren deuda en el pago de los derechos de matrícula al 31 de Diciembre de 2017.

Art. 2.- Se hace notar que el cumplimiento del Artículo 39 del citado Decreto Ley 6070/58 compromete la responsabilidad de los funcionarios intervinientes en el cumplimiento del mismo.

Las autoridades judiciales, los funcionarios intervinientes de Reparticiones Públicas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR