Resolución 9.

Fecha de disposición14 Junio 2016
Fecha de publicación14 Junio 2016
SecciónAvisos Oficiales

Resolución 9/2016

Bs. As., 09/06/2016

VISTO el Expediente N° S01:0191334/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, los Decretos Nros. 1.518 de fecha 4 de septiembre de 2014, 1 de fecha 4 de enero de 2016 y 505 de fecha 23 de marzo de 2016, la Resolución N° 7 de fecha 16 de mayo de 2016 de la SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, las Disposiciones Nros. 14 de fecha 5 de diciembre de 2014 de la ex SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y 5 de fecha 21 de octubre de 2015 de la ex SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA de la ex SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 1.518 de fecha 4 de septiembre de 2014 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (U$S 200.000.000), destinado a financiar parcialmente el "Programa de Competitividad de Economías Regionales" que consta de las "Estipulaciones Especiales" integradas por SIETE (7) Capítulos, de las "Normas Generales" integradas por DIEZ (10) Capítulos y UN (1) Anexo Único.

Que por el Artículo 4° del citado decreto se designó al ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, a través de la ex SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO, como Organismo Ejecutor del "Programa de Competitividad de Economías Regionales", quedando facultado para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para su ejecución, conforme las normas y procedimientos contenidos en el mencionado Modelo de Contrato de Préstamo.

Que con fecha 30 de septiembre de 2014 se celebró el Contrato de Préstamo entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, cuya Cláusula 3.03, apartado b) de las "Estipulaciones Especiales" dispone que, en forma previa al primer desembolso del préstamo, se deberá presentar evidencia de la aprobación y entrada en vigencia del Reglamento Operativo del Programa previamente acordado con el Banco.

Que a través de la Disposición N° 14 de fecha 5 de diciembre de 2014 de la ex SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA Y PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS se aprobó el Reglamento Operativo del Programa.

Que mediante la Disposición N° 5 de fecha 21 de octubre de 2015 de la ex SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA de la ex SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS se sustituyó el mencionado Reglamento Operativo.

Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, modificatorio de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, se transfirieron las competencias del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS relativas a la productividad y competitividad al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que mediante el Artículo 1° del Decreto N° 1 de fecha 4 de enero de 2016 se transfirió la ex SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD y sus unidades organizativas dependientes, con excepción de la SUBSECRETARÍA DE PUERTOS Y VÍAS NAVEGABLES, de la órbita del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS a la órbita del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que el citado decreto establece entre los objetivos de la SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, el de formular, ejecutar, evaluar y monitorear programas tendientes a la mejora de la competitividad del sistema productivo nacional.

Que mediante el Artículo 9° del Decreto N° 505 de fecha 23 de marzo de 2016 se designó a la SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN como Organismo Ejecutor del "Programa de Competitividad de Economías Regionales".

Que por la Resolución N° 7 de fecha 16 de mayo de 2016 de la SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN se sustituyó nuevamente el Reglamento Operativo del mencionado Programa.

Que mediante el punto 3.39 del Reglamento Operativo del "Programa de Competitividad de Economías Regionales" se establece que el "Subcomponente 3.1. Acceso al crédito" se podrá ejecutar a través de Convenios específicos con entidades financieras públicas o privadas quienes estarán a cargo de otorgar créditos a las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMEs) que cumplan con las condiciones de elegibilidad establecidas en su Anexo I Reglamento de Crédito.

Que el BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR S.A. tiene entre sus objetivos financiar proyectos de inversión y capital de trabajo a los sectores productores de mercancías y servicios, con particular interés en las economías regionales y a plazos compatibles con la maduración de los proyectos.

Que en virtud de lo expuesto, resulta conveniente celebrar un Convenio entre la SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA y el BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR S.A. para la ejecución del "Subcomponente 3.1. Acceso al crédito" del "Programa de Competitividad de Economías Regionales", canalizando recursos financieros a través de esa institución bancaria.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 505/16.

Por ello,

EL SECRETARIO

DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°

Apruébase el modelo de Convenio "PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DE ECONOMÍAS REGIONALES (AR-L1154) SUBCOMPONENTE 3.1. ACCESO AL CRÉDITO" a celebrarse entre la SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA y el BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR S.A. que, como Anexo, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese. -- Dr. LUCIO CASTRO, Secretario de la Transformación Productiva, Ministerio de Producción.

ANEXO

CONVENIO "PROGRAMA DE COMPETITIVIDAD DE ECONOMÍAS REGIONALES (AR-L1154) SUBCOMPONENTE 3.1. ACCESO AL CRÉDITO" ENTRE LA SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA Y EL BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR S.A.

Entre la SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA, representada en este acto por el Dr. Lucio Castro, con domicilio en la calle Hipólito Yrigoyen 250, Piso 8, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, la "SECRETARÍA"), por una parte; y el BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR S.A., representado en este acto por el Lic. Pablo García, en su carácter de Presidente, con domicilio en la calle 25 de Mayo 526/532, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, el "BICE" o el "Banco" y, conjuntamente con la SECRETARÍA, las "Partes"), por la otra; acuerdan en suscribir el presente Convenio de Fondo de Financiamiento sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERA: MANIFESTACIONES. Las Partes manifiestan:

  1. Que por el Decreto N° 1.518 de fecha 4 de septiembre de 2014 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), destinado a financiar parcialmente el "Programa de Competitividad de Economías Regionales" (en adelante, el "Programa") que tiene como objetivo general aumentar la productividad de un conjunto de cadenas de valor localizadas en el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, con exclusión de las provincias de Buenos Aires, Córdoba y Santa Fe y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

  2. Que con fecha 30 de septiembre de 2014 se celebró el Contrato de Préstamo entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

  3. Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015, modificatorio de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, se transfirieron las competencias del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS relativas a la productividad y competitividad al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

  4. Que el Decreto N° 1 de fecha 4 de enero de 2016 entre los objetivos de la SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, el de formular, ejecutar, evaluar y monitorear programas tendientes a la mejora de la competitividad del sistema productivo nacional.

  5. Que mediante el Artículo 9° del Decreto N° 505 de fecha 23 de marzo de 2016 se designó a la SECRETARÍA DE LA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN como Organismo Ejecutor del Programa, la que queda facultada a realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias...

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