Resolución 9.

Fecha de disposición28 Diciembre 2015
Fecha de publicación28 Diciembre 2015
SecciónAvisos Oficiales
MINISTERIO DE TRANSPORTE
Resolución 9/2015
Bs. As., 22/12/2015
VISTO el Expediente N° S02:0080648/2015 del Registro del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE, y
CONSIDERANDO:
Que el ACUERDO DE TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE (A.T.I.T.), inscripto como Acuerdo
de Alcance Parcial en el marco de la ASOCIACIÓN LATINOAMERICANA DE INTEGRACIÓN (A.LA.D.I.),
conforme con los mecanismos del Tratado de Montevideo de 1980 y puesto en vigencia por el artículo 1°
de la Resolución N° 263 de fecha 16 de noviembre de 1990 de la ex-SUBSECRETARÍA DE
TRANSPORTE dependiente del ex - MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, resulta ser el
marco normativo aplicable a los Servicios de Transporte Automotor de Pasajeros de Carácter
Internacional.
Que en lo que concierne al procedimiento de adjudicación, vigencia y renovación de los permisos
originarios, el aludido acuerdo internacional prevé la aplicación de la normativa de derecho interno de
cada país signatario.
Que en cuanto a la normativa que rige en la REPÚBLICA ARGENTINA respecto a la cuestión indicada en
el considerando anterior, es de señalar que la Resolución N° 202 de fecha 6 de mayo de 1993 de la
SECRETARÍA DE TRANSPORTE dependiente del ex - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS, aprobó las “NORMAS REGLAMENTARIAS PARA LA EXPLOTACIÓN DEL
SERVICIO DE TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS POR CARRETERA DE
CARÁCTER INTERNACIONAL”, cuyo artículo 21 dispone que los Permisos Originarios se otorgan por un
lapso de DIEZ (10) años, los cuales son prorrogables por períodos iguales.
Que dicho plazo comenzó a regir a partir de la vigencia del Decreto N° 958 de fecha 16 de junio de 1992,
en orden a lo normado por la Resolución N° 49 de fecha 25 de agosto de 1995 de la SECRETARÍA DE
TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, a los fines de
lograr la unificación de todos los segmentos de transporte sobre los que dicho órgano posee
competencia.
Que por la Resolución N° 161 de fecha 7 de marzo de 2003 de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del
entonces ex-MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se
aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales para el llamado a Licitación Pública para el
establecimiento de Servicios Públicos de Transporte Automotor de Pasajeros por Carretera de Carácter
Internacional que como Anexo I forma parte de la mencionada resolución, y se estableció que dicho
Pliego sustituye el texto aprobado por la Resolución N° 197 de fecha 7 de diciembre de 1995 de la
SECRETARÍA DE TRANSPORTE del ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS
https://www.boletinoficial.gob.ar/pdf/linkQR/RjY5M0hhYlRIYnMrdTVReEh2ZkU0dz09
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