Resolución 9/2021

Fecha de publicación09 Septiembre 2021
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT SECRETARÍA DE HÁBITAT


Ciudad de Buenos Aires, 07/09/2021

VISTO el Expediente EX-2021-17538316-APN-DGDYD#MDTYH, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (T.O. Decreto Nº 438/92 y sus modificatorios), el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019, las Resoluciones Nros. 16 del 29 de enero de 2021 y 99 del 7 de abril de 2021 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, y la Resolución Nº 8 del 6 de agosto de 2021 de la SECRETARÍA DE HÁBITAT del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT; y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución Nº 8/21 de la SECRETARÍA DE HÁBITAT DEL MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL y HÁBITAT, se aprobaron los “Montos Máximos Financiables” aplicables al “PROGRAMA CASA PROPIA - CONSTRUIR FUTURO”, creado por la Resolución Nº 16/21 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, que se indican en el Anexo de la citada medida, como así también para el “PROGRAMA RECONSTRUIR”, creado por Resolución Nº 99/21 del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL y HÁBITAT, solo en relación a la cantidad de Unidades de Vivienda (UVI - Ley Nº 27.271) por metro cuadrado (m²).

Que habiéndose efectuado un nuevo análisis, en el cual se contemplaron las características climáticas y geográficas de las distintas provincias, resulta necesario introducir modificaciones a la cantidad máxima de Unidades de Vivienda (Ley 27.271) por m² y viviendas de 64 m² a financiar para algunas de ellas, y en consecuencia modificar el Anexo contenido en el artículo 1º de la Resolución Nº 8/21 de la SECRETARÍA DE HÁBITAT del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades establecidas en el artículo 5º de la Resolución Nº 16 del 29 de enero de 2021 y 6º de la Resolución 99 del 7 de abril de 2021, del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT.

Por ello,

EL SECRETARIO DE HÁBITAT

RESUELVE:

ARTICULO 1º.-...

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