Resolución 9/2015

Fecha de disposición08 Abril 2015
Fecha de publicación08 Abril 2015
SecciónAvisos Oficiales
Número de Gaceta33103

— NOTA ACLARATORIA —

MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 9/2015En la edición del Boletín Oficial N° 33.089 del día 13 de marzo de 2015, en la página 67, donde se publicó la citada norma, no fueron incluidos los Anexos por un error involuntario del organismo emisor.

CONVENIO DE CORRESPONSABILIDAD GREMIAL ENTRE LA FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS VITIVINICOLAS Y AFINES Y LA CAMARA RIOJANA DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS

En la Ciudad de Chilecito, Provincia de LA RIOJA, a los 10 días del mes de abril del año 2014, la CAMARA RIOJANA DE PRODUCTORES AGROPECUARIOS, representada en este acto por el Señor Don Roberto Alejandro MANTOVANI (M.I. N° 10.903.900) en adelante LA ENTIDAD y en representación de los trabajadores del sector, el Secretario General de la FEDERACION DE OBREROS Y EMPLEADOS VITIVINICOLAS Y AFINES en adelante FOEVA y Presidente de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA ACTIVIDAD VITIVINICOLA, Señor Ramón PAVEZ (M.I. N° 8.034.047), y el Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, Señor GUILLERMO GARCIA (M.I. N° 16.740.769), como muestra de conformidad con lo establecido en los artículos de este Convenio que involucran a la citada Institución.

Las partes acreditan su representatividad para la firma del presente Convenio con la constancia de sus respectivas personerías de conformidad con lo requerido por las leyes vigentes.

Los representantes de todas las instituciones mencionadas resuelven suscribir el presente Convenio de Corresponsabilidad Gremial, cuyos términos fueron consensuados en sucesivas reuniones técnicas, dentro del marco dispuesto por la Ley N° 26.377 y su Decreto Reglamentario N° 1.370/08.

  1. SUJETOS DEL CONVENIO

    1.1. El presente Convenio de Corresponsabilidad Gremial tiene vigencia en el territorio de la Provincia de LA RIOJA y abarca a todos los trabajadores ocupados en la cosecha o recolección de uvas destinada a la elaboración de vino o mosto que se encuentren en relación de dependencia en época de cosecha y a sus empleadores, los productores vitivinícolas de dicha Provincia. Como Anexo I, corre la nómina de todos los productores comprendidos en el presente, asumiendo las entidades y el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (I.N.V.) la obligación de comunicar fehacientemente a la Comisión de Seguimiento creada por el artículo 15 del presente Convenio, las altas y bajas que puedan producirse en dicha nómina.

    1.2. Salvo que optaren por lo contrario mediante comunicación fehaciente al I.N.V., quedan expresamente excluidos del presente régimen aquellos productores debidamente comprendidos en el REGISTRO NACIONAL DE AGRICULTURA FAMILIAR (R.E.N.A.F.), mientras permanezcan en tal situación, los que continuarán sujetos al régimen general que les es de aplicación.

    1.2.1. El MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA de la Nación aportará los recursos necesarios a la Subsecretaría de Agricultura Familiar, Delegación La Rioja, a los fines de que la misma instrumente la inscripción de la totalidad de los pequeños productores vitícolas de la Provincia de LA RIOJA en el REGISTRO NACIONAL DE AGRICULTURA FAMILIAR (R.E.N.A.F.).

    1.2.2. En el supuesto caso de que el REGISTRO NACIONAL DE AGRICULTURA FAMILIAR (R.E.N.A.F.) no llegue a realizar la inscripción de la totalidad de los pequeños productores vitícolas de la provincia, quedará facultada la comisión de seguimiento para evaluar la excepcionalidad de dichos productores y proponer un mecanismo de excepción de los mismos.

  2. OBJETO

    2.1. Este Convenio tiene por objeto adecuar los procedimientos de recaudación y pago de los aportes personales y las contribuciones patronales correspondientes a los trabajadores y empleadores comprendidos en el artículo 1° del presente. En el caso que el productor desarrollare otras actividades comerciales, además de la que es objeto del presente Convenio, los trabajadores afectados a esas otras están excluidos del presente, encontrándose comprendidos en el Régimen General en vigencia.

    2.2. Las aludidas cotizaciones son las destinadas al:

    2.2.1. Sistema Integrado Previsional Argentino. Ley N° 24.241 y sus modificatorias.

    2.2.2. Régimen de Asignaciones Familiares. Ley N° 24.714 y sus modificatorias.

    2.2.3. Sistema Nacional del Seguro de Salud. Leyes N° 23.660 y 23.661 y sus modificatorias. Obra Social de la actividad. OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA ACTIVIDAD VITIVINÍCOLA (O.S.P.A.V.).

    2.2.4. Sistema Integral de Prestaciones por Desempleo. Prestación por Desempleo. Ley N° 24.013 y sus modificatorias.

    2.2.5. Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados. Ley N° 19.032 y sus modificatorias.

    2.2.6. Riesgos del Trabajo. Ley N° 24.557

  3. CUOTA SINDICAL

    3.1. Adecuar los procedimientos de recaudación para que a través de la definición de una retención adicional a la tarifa sustitutiva establecida en el artículo 2°, se proceda al pago de la cuota sindical de los trabajadores comprendidos en el presente Convenio con destino a la FEDERACIÓN DE OBREROS Y EMPLEADOS VITIVINÍCOLAS DE ARGENTINA (F.O.E.V.A.), estableciéndose la misma en el equivalente al UNO COMA VEINTICINCO POR CIENTO (1,25%) del valor base fijado en el artículo 9° del presente.

  4. GASTOS ADMINISTRATIVOS

    4.1. Los gastos administrativos a percibir por el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (I.N.V.) por su labor en el marco del presente quedan determinados en el CERO COMA VEINTICINCO POR CIENTO (0,25%) del precio base fijado en el artículo 7° del presente, suma a la cual deberán adicionarse los impuestos y comisiones bancarias que correspondan.

    4.2. En lo sucesivo, en el ámbito de la Comisión de Seguimiento creada por el artículo 15 del presente, se harán revisiones de los gastos administrativos.

  5. DESTINO DE LAS COTIZACIONES

    5.1. El importe correspondiente a los conceptos previstos en el artículo 2° del presente, serán...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR