Resolución 894/2020

Fecha de publicación04 Noviembre 2020
SecciónResoluciones
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL


Ciudad de Buenos Aires, 02/11/2020

VISTO el EX-2020-53245349- -APN-DGD#MT, la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. por el Decreto N° 438/1992) y sus modificatorias, la Ley N° 24.013, la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública, los Decretos N° 892 del 11 de diciembre de 1995, N° 225 del 13 de marzo de 2007, N° 782 del 20 de noviembre de 2019, N° 260 del 12 de marzo de 2020 y modificatorio, N° 297 del 19 de marzo de 2020 y modificatorios y complementarios, N° 298 del 19 de marzo de 2020 y modificatorios y complementarios, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 1169 del 10 de octubre de 2007, la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO N° 964 del 16 de diciembre de 2008 y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que es un mandato del Estado Nacional proveer lo conducente al desarrollo humano, al progreso económico con justicia social, a la productividad de la economía nacional, a la generación de empleo y a la formación profesional de trabajadores y trabajadoras.

Que la Ley de Empleo N° 24.013 establece que las acciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL dirigidas a mejorar la situación socioeconómica de la población adoptarán como un eje principal la política de empleo e incorpora el criterio de la generación de empleo en el análisis y diseño de las políticas nacionales.

Que la Ley de Empleo N° 24.013 encomienda al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, en tanto Autoridad de Aplicación de la citada Ley, a establecer periódicamente programas destinados a fomentar el empleo de los trabajadores y las trabajadoras que presenten mayores dificultades de inserción laboral, y a elaborar programas de formación profesional para el empleo que incluyan acciones de formación, calificación, capacitación, reconversión, perfeccionamiento y especialización de los trabajadores y las trabajadoras.

Que el artículo 129 de la Ley N° 24.013 facultó al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL a coordinar la ejecución de programas de formación profesional para el empleo con los organismos del sector público nacional, provincial o municipal y del sector privado, a través de la celebración de convenios.

Que, por otra parte, el artículo 132 de la Ley N° 24.013 establece que las provincias podrán integrarse a la Red de Servicios de Empleo coordinada por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, mediante la suscripción de convenios por los cuales se tenderá a descentralizar a nivel municipal la gestión de dichos servicios.

Que, en el marco antes expuesto, en el ámbito de este Ministerio se han suscripto convenios con gobiernos provinciales y municipales así como con diferentes organismos provinciales y municipales para la ejecución de distintas acciones de promoción del empleo, de formación profesional y de fortalecimiento de la Red de Servicios de Empleo, encuadrados en diversos y sucesivos planes y programas de empleo y de formación profesional y/o de acciones específicas en orden a sus respectivas competencias.

Que para la realización y puesta en práctica de dichos planes, programas y acciones se han llevado a cabo oportunamente transferencias dinerarias a los municipios, provincias y organismos municipales y provinciales.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR