Resolución 879/2024

Fecha de publicación03 Abril 2024
EmisorINSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMÍA SOCIAL
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales
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Ciudad de Buenos Aires, 25/03/2024

VISTO el EX-2024-27254465- -APN-PI#INAES y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N.º 580/2018 (RESFC-2018-580-APN-DI#INAES) y su complementaria Resolución N.º 2432/2018 (RESFC-2018-2432-APN-DI#INAES) se dispuso la realización de un proceso de Actualización Nacional de Datos de Cooperativas y Mutuales.

Que los actos administrativos citados tuvieron su fundamento, entre otras razones que motivaron su dictado, en el Decreto N.° 1306/16 que aprobó la implementación del módulo “Registro Legajo Multipropósito” (RLM) del sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como único medio de administración de los registros de las entidades y jurisdicciones enumeradas en el artículo 8° de la Ley N° 24.156; y en la Resolución N° 64-E del 17 de julio de 2017 del entonces Ministerio de Modernización que estableció la obligación de este Instituto de registrar, a través del citado módulo, las correspondientes a las cooperativas y mutuales.

Que mediante Resolución N.º 1864/2019 (RESFC-2019-1864-APN-DI#INAES) se dispusieron medidas derivadas del citado proceso, entre las cuales se encontraba la suspensión de la autorización para funcionar a aquellas cooperativas y mutuales que no hubieran dado cumplimiento y que se identificaron en los artículos 2° y 4°, con las excepciones y aclaraciones establecidas en los artículos 3°y 6° del mencionado acto administrativo.

Que a posteriori a las entidades que habían sido objeto de la suspensión mencionada en el considerando precedente y se presentaron a realizar el proceso de actualización nacional de datos y a constituir su registro legajo multipropósito, se les levantó la suspensión allí dispuesta.

Que, asimismo, se ha advertido que entidades que se encontraban suspendidas han efectuado presentaciones de documentación anual ordinaria.

Que a partir de la efectiva puesta en vigencia de la Resolución N.° 4860/2020, de interacción con la Administración Federal de Ingresos Públicos para el otorgamiento de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), este Instituto, al contar con la CUIT desde el momento mismo del otorgamiento de la personería jurídica, crea de manera directa el Registro Legajo Multipropósito de cada entidad.

Que en relación a aquellas cooperativas y mutuales que habían obtenido su personería jurídica entre el dictado de las Resoluciones INAES Nros. 2432/2018 y 4860/2020 se consignó en cada acto administrativo de autorización para funcionar, que una vez obtenida su CUIT debían realizar ante este organismo la finalización del trámite de inscripción a los fines de la creación de su Registro Legajo Multipropósito.

Que no obstante estar consignado en cada resolución de carácter particular, se estableció en la Resolución INAES N.° 426/2022, artículo 4°, que las cooperativas y mutuales que habiendo obtenido su personería jurídica entre el 1 de septiembre de 2018 (Resolución N.° 2432/2018) y el 29 de noviembre de 2020 (Resolución N.° 4860/2020) y que aún no hayan obtenido su clave única de identificación tributaria y/o no hubieran realizado la finalización del trámite de inscripción, debían efectuar los trámites correspondientes a...

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